Dos años de internamiento en un centro en régimen cerrado y un año más de libertad vigilada. Ésta es la medida de reforma que finalmente han pactado la Fiscalía de Menores de Pontevedra y la representación legal del joven pontevedrés, menor de edad en el momento de los hechos, que fue detenido por agredir al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, durante un acto electoral en la plaza de A Peregrina en diciembre pasado. Fuentes conocedoras del caso explicaron que la sentencia del Juzgado de menores de Pontevedra se dictó el pasado 12 de mayo, después de la celebración de una vista en la que el menor reconoció los hechos que se le imputaban tras alcanzarse un acuerdo de conformidad entre su abogado y la Fiscalía.

Ya en el momento de su comparecencia judicial en Pontevedra tras la agresión, el 17 de diciembre pasado, el joven había cambiado su euforia inicial ante lo sucedido -durante la detención se había mostrado desafiante con los pulgares en alto- por un sentimiento de arrepentimiento que manifestó ante el juez, según indicó entonces su abogado.

El delito por el que se le impone esta medida de dos años de internamiento en régimen cerrado -la más dura que prevé la ley del Menor- es el de atentado contra la autoridad. En el momento de los hechos, la Fiscalía de Menores solicitó su internamiento como medida cautelar al aplicar una "circunstancia de extraordinaria gravedad recogida en el artículo 550, 1 y 3 del Código Penal", que se debe observar cuando la agresión se produce contra miembros del Gobierno o de las altas instituciones del Estado. Aquel 17 de diciembre, el menor compareció ante la titular del Juzgado de instrucción 1 de Pontevedra, que se encontraba en funciones de guardia, quien decretó una medida cautelar inicial de internamiento por un periodo de seis meses. Era una medida provisional y que fue solicitada por la Fiscalía precisamente por la agravante antes mencionada. Una medida cautelar a la espera de que se abriese la fase de enjuiciamiento y se dictase una sentencia definitiva, que es la que ha llegado en los últimos días, justo cuando se agotaba estos seis meses de internamiento de la medida cautelar. Un periodo que ahora se deberá descontar de la medida de reforma que se impone al menor. Si bien la circunstancia que agravaba la acción de este menor, la agresión al presidente del Gobierno y que justificó la medida cautelar de internamiento, se mantenía en el momento en el que se celebró esta vista el pasado mes de mayo, el reconocimiento de los hechos y el acuerdo con la Fiscalía permitieron rebajar finalmente la duración de la medida de reforma que ahora se plantea. La ley del Menor prevé que el internamiento esté acompañado de medidas de reeducación del adolescente infractor.

El Presidente no ejerció ningún tipo de acción contra el menor.