El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el conflicto de atribuciones presentado por el Congreso salido de las urnas del 20 de diciembre contra el Gobierno en funciones, ante la negativa del Ejecutivo a someterse al control parlamentario ordinario.

El pleno del Congreso aprobó el pasado mes de abril por 218 votos a favor, 113 en contra y cuatro abstenciones presentar ante el TC el citado conflicto, que se formalizó tiempo después, tras no ser aceptadas las alegaciones del Ejecutivo.

La iniciativa, presentada de forma conjunta por todos los grupos, salvo el del PP, se produjo a raíz de que dos ministros no acudieran a sendas comparecencias en comisión a las que estaban convocados por la Cámara baja.

Los miembros del Ejecutivo entendieron que no tenían la obligación de rendir cuentas ante una Cámara que no les había dado su confianza (es decir, por estar en funciones tras no haber reunido mayoría suficiente en el Parlamento una vez celebradas las elecciones de diciembre).

La decisión del TC no supone condicionamiento alguno sobre cuál será el fallo, sino simplemente que el asunto será estudiado.

El promotor del recurso, el portavoz parlamentario del PSOE Antonio Hernando, señaló al presentarlo que la iniciativa defiende "la democracia misma" ante la "rebeldía declarada" por el Gobierno en funciones y su "desprecio" a dar cuenta a los ciudadanos a través del control parlamentario, algo que, dijo, pone en cuestión el funcionamiento del sistema constitucional.

Por el contrario, el popular José Antonio Bermúdez de Castro aseguró que la "verdadera intención" de la iniciativa es "desgastar" al Gobierno de Rajoy. Y recordó en ese sentido que en Cataluña y en Andalucía no hubo sesiones de control cuando sus gobiernos estuvieron en funciones tras las últimas elecciones.

Por otro lado, el Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña (BOPC) publicó las alegaciones al recurso interpuesto por el Gobierno central contra el impuesto sobre las viviendas vacías, en las que pide al Constitucional que levante la suspensión sobre la normativa. Alegan que "la naturaleza extrafiscal del impuesto catalán le distingue y permite coexistir con el IBI".