El Pleno del Tribunal Constitucional anuló por unanimidad las tasas a personas jurídicas (empresas y otras entidades) al vulnerar su cuantía "desproporcionada" el derecho a la tutela judicial. Esas tasas las impulsó el exministro Alberto Ruiz-Gallardón en 2012.

El TC mantiene las tasas en los órdenes civiles, contencioso-administrativo y social porque no vulneran el principio de gratuidad. El fallo sólo producirá efectos "pro futuro", esto es, en relación con nuevos supuestos o con los procedimientos sin resolución firme. No ordena la devolución de pagos de las tasas declaradas nulas ni en los procedimientos finalizados por resolución firme ni tampoco en los no finalizados si el pago de la tasa se satisfizo sin ser impugnada.

Se anulan cuatro cuotas fijas. La 200 euros por recurso contencioso-administrativo abreviado y de 350 euros para el ordinario, la de 800 euros por apelación, la de 1.200 euros para casación y la de 500 por suplicación.