La Audiencia de Navarra no ve "indicios racionales" de terrorismo sino de odio en la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en la localidad navarra de Alsasua y, por tanto, insta al juez a plantear una cuestión de competencia ante el Supremo para que la causa se instruya en Pamplona y no en la Audiencia Nacional.

"No es posible concluir que en los hechos denunciados existan indicios de la comisión de un presunto delito de terrorismo", señala la Sección Primera de la Audiencia de Navarra, estimando el recurso interpuesto por los nueve investigados en la agresión a dos guardias civiles y sus parejas el pasado 15 de octubre y sostiene que la causa debe instruirse en la capital navarra.

Por ello, insta al Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona a que rechace el envío de la causa al Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional y, por tanto, plantee una cuestión de competencia ante el Tribunal Supremo para que decida qué órgano judicial debe asumir la investigación.

Al no ver "indicios racionales" que pongan de manifiesto la comisión de un delito de terrorismo, la Audiencia de Navarra concluye que el Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona es el "competente para la instrucción de los hechos denunciados".

En el auto se detalla lo que el Código Penal establece como terrorismo, para a continuar señalar que se exige la concurrencia objetiva de dos requisitos: que se trate de un "delito grave" identificado en la norma como tal y que tenga la finalidad de "subvertir, desestabilizar gravemente, alterar gravemente o provocar un estado de terror".

Como delito grave se entiende el que está castigado por la ley con prisión superior a 5 años y en este caso, según apunta, "no estamos en presencia de un delito grave", puesto que el delito de lesiones, como delito contra la integridad física, no excede la pena de 5 años.

A eso añade que ni del atestado de la Policía Foral, ni del ampliatorio de la Guardia Civil, ni tampoco de las declaraciones de los agentes y sus parejas, ni de los informes que obran en ambos atestados, encuentran las finalidades citadas de "subvertir el orden constitucional o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas".

Sostiene que se está ante un hecho "en principio casual, en el curso del cual se desarrollan los hechos", que "evidentemente" tiene su origen en el conocimiento que los presuntos agresores tienen de la condición de agentes de la Guardia Civil, a lo que añade que existe el movimiento OSPA, en el que se integran al parecer algunos de los investigados.

Pero puntualiza que de esa circunstancia y de las expresiones que pudieron referirse y que iban dirigidas a su cualidad de guardias civiles, "no puede deducirse" que lo que se pretendía era desestabilizar las instituciones o "alterar gravemente la paz pública o generar un estado de terror en la población o en una parte de ella".

Refuerza esa afirmación indicando que "nada de ello" se traslada en el informe elaborado por la Guardia Civil, así como que no existen indicios de que lo sucedido fuera la materialización de un acto impulsado por el movimiento OSPA con la finalidad de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado "salgan de aquí".