La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha ordenado la detención a los efectos de su ingreso en prisión del expresidente catalán Carles Puigdemont y los cuatro exconsejeros que viajaron con él a Bélgica y que no acudieron este jueves a su citación como investigados por rebelión, sedición y malversación. A todos ellos les acusa de promover "un movimiento de insurrección activa" para conseguir la secesión.

Siguiendo la petición de la Fiscalía, la magistrada ha emitido sendas órdenes europeas de detención y entrega (OEDE) contra Puigdemont y los exconsejeros Antoni Comín (Salud), Clara Ponsatí (Enseñanza), Lluís Puig (Cultura) y Meritxell Serret (Agricultura) y las ha dirigido expresamente a las autoridades judiciales de Bélgica.

La juez ha cursado las euroórdenes por los delitos de rebelión, sedición, malversación, prevaricación y desobediencia, y también ha dictado busca y captura nacional e internacional para cada uno de ellos. Además, solicita también para ellos el ingreso en prisión.

Lamela ha dictado dos autos por cada uno de los investigados, el primero de ellos dando curso a las OEDEs, que han sido enviadas en este caso a la Fiscalía Federal Belga.

Esas euroórdenes se han insertado también en la oficina Sirene, el sistema de información Schengen para comprobar los movimientos de delincuentes en los pasos fronterizos de Europa.

En los otros autos, la juez tramita la orden de busca y captura nacional e internacional de todos ellos, a través de Policía Nacional, Guardia Civil e Interpol.

La magistrada además rechaza la petición formulada por Puigdemont y otros exconsejeros de prestar declaración por videoconferencia porque, según explica en sus resoluciones, no concurren ninguno de los casos para autorizar esta medida.

Movimiento de "insurrección activa"

La juez Carmen Lamela considera que el expresidente de catalán debe responder ante la justicia por alentar un movimiento de "insurrección activa" entre la población y promovió actos, manifestaciones y proclamas abonando en la sociedad la idea de la existencia de un derecho de autodeterminación para Cataluña.

De esta manera, expone Lamela en el auto de detención y de ingreso en prisión la conducta sediciosa que ha tenido Puigdemont a lo largo de estos últimos meses y que le ha llevado a estar investigado por rebelión, sedición, malversación, prevaricación y desobediencia.

Hizo "nacer en la sociedad la creencia de la legitimidad de las actuaciones en contra del poder constituido para defender ese inexistente e inconstitucional derecho de autodeterminación", relata la juez al explicar su "frontal" desobediencia a las resoluciones judiciales suspendiendo las leyes de desconexión encaminadas a la independencia, que finalmente se declaró en el Parlament.

Puigdemont se encargó, según la juez, de "impulsar y promover desde su cargo público las movilizaciones y concentraciones tumultuarias en oposición a las órdenes judiciales, a las convocatorias masivas para impedir a los agentes cumplir con sus funciones y los escraches a la Policía y a la Guardia Civil".

A su juicio, impulsó los llamamientos directos o indirectos, a través de las entidades soberanistas, a la movilización popular o ciudadana "como medio intimidatorio y violento" para el conseguir "el fin secesionista de manera coactiva".

También cree la juez que Puigdemont "planificó, organizó, y financió con fondos públicos la convocatoria y celebración del referéndum

"El reclamado al frente del Gobierno regional de Cataluña, de común acuerdo con funcionarios públicos y entidades públicas y privadas catalanas, unieron sus voluntades para, dentro de su respectivo ámbito de actuación, llevar a cabo un referéndum de independentista para lograr en España la secesión de la comunidad autónoma de Cataluña", resume Lamela.

El auto destaca que para ello "promovieron y utilizaron fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas de la población, llamando a la insurrección, contraviniendo y desafiando con ello el ordenamiento constitucional español y diversas resoluciones del Tribunal Constitucional".

Indica que los hechos por los que ahora se le reclama "están referidos a la proclamación de la república, que ponen en objetivo peligro los fundamentos del Derecho; la derogación de la Constitucional Española -que, recuerda, es 'patria común e indivisible de todos los españoles'- y la declaración de independencia de una parte del territorio nacional".

Todo ello lo cometió, "al intentar cambiar ilegalmente la organización del Estado mediante un proceso secesionista que ignora las normas que la propia Constitución establece para su reforma".

En cuanto a la petición que hizo de declarar por videoconferencia desde Bélgica junto con los cuatro exconsejeros, la juez lo rechaza porque no existen motivos de seguridad que establece la ley para acordarla y señala además que no han explicado ni los motivos por los que la pide y "ni siquiera" han proporcionado su domicilio en Bélgica "a fin de poder arbitrar la videoconferencia".

Apunta además que para la celebración de la vistilla de medidas cautelares es necesaria la presencia de los querellados.

En este sentido resalta que se trata de cinco querellados que hasta el 28 de octubre "han formado parte del Govern y por tanto tenían su domicilio en España", por lo que viajaron a Bélgica con la única finalidad de eludir las posibles responsabilidades que pudieran tener en España".