La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado este viernes mantener la medida de prisión provisional que pesa sobre el exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña y líder de ERC, Oriol Junqueras, por delitos de rebelión, sedición y malversación de fondos públicos relacionados con el 'procés' que derivó en la Declaración Unilateral de Independencia de Cataluña (DIU). Cree que existe un "riesgo relevante" de reiteración delictiva al no existir ningún dato que permita entender que el recurrente tiene la intención de abandonar la vía unilateral seguida hasta ahora, y no le basta con su invocación a la 'bilateralidad'.

La decisión se ha adoptado tras celebrarse una vista de apelación en la que estuvo presente el propio Junqueras, a quien se le dio la posibilidad de dirigirse directamente al tribunal en un turno de última palabra durante unos minutos. En ese momento Junqueras se describió como "hombre de paz" con convicciones religiosas y apeló a su "civismo" y a su compromiso en el "diálogo bilateral" en el conflicto político existente en Cataluña para conjurar el riesgo de reiteración delictiva que le mantiene en la cárcel.

"No existe en la actualidad ningún dato que permita entender que la intención del recurrente sea prescindir de la posibilidad de ocupar el mismo o similar lugar político al que le permitió, por el poder político del que disponía, ejecutar los actos delictivos que se le imputan", precisan los tres magistrados en su resolución. No se trata de impedir que defienda su proyecto político, dice el Supremo, "sino de evitar que lo haga de la misma forma en la que lo ha hecho hasta ahora"."Riesgo de reiteración delictiva"

El fiscal del Tribunal Supremo Javier Zaragoza --que asistió a la vista acompañado de su compañera en este órgano y exfiscal general Consuelo Madrigal--, defendió el mantenimiento en prisión de Junqueras al existir aún riesgo de reiteración delictiva y al considerarle además "promotor" de los hechos que derivaron en la DUI. Apuntó también que este riesgo se ve agravado por la posibilidad de que el líder de ERC alcance la presidencia de la Generalitat, una circunstancia que no tiene por qué convertirse en un salvoconducto para su salida de la cárcel

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El ofrecimiento de esa clase de diálogo o la invocación de la bilateralidad en esas condiciones, pues, "no puede valorarse como un indicio de abandono del enfrentamiento con el Estado mediante vías de hecho con la finalidad de obligar a aquel a reconocer la independencia de Cataluña", indica el auto, que argumenta en tono muy contundente las razones para mantener a Junqueras en la cárcel a lo largo de 27 páginas.

Por unanimidad, los magistrados Francico Monterde, Alberto Jorge Barreiro y Miguel Colmenero (que ha actuado de ponente de la resolución) que integran la Sala de Apelaciones han determinado, en la fase provisional de la causa en que nos encontramos, que existen indicios de la comisión por parte de Junqueras de delitos de rebelión, sedición y malversación de fondos públicos, y que también existe un riesgo relevante de reiteración delictiva al no existir ningún dato que permita entender que el recurrente tiene la intención de abandonar la vía seguida hasta ahora.