Los contribuyentes que realicen la declaración de la renta tienen a su alcance una serie de pautas en la que fijarse para ahorrar. Sencillos pasos que, si se tienen en cuenta, pueden ofrecer un saldo más positivo en el resultado final. Diez casillas en las que reparar con detenimiento antes de confeccionar la declaración. Entre ellas, se incluyen las que hacen alusión a las deducciones a las que se puede someter el declarante.

A la hora de hacer la declaración de la renta, existen una serie de casillas en las que fijarse para pagar menos a Hacienda. Aspectos en los que la consignación de una cantidad u otra pueden tener impacto en la devolución o pago que haya que realizar.

Casilla 02: Retribuciones en especie

De especial interés para trabajadores que hayan percibido remuneraciones por distintas vías. Hay que tener en cuenta que las cantidades satisfechas por la empresa en concepto de gastos no tributan, así como tampoco los cursos de formación en nuevas tecnologías.

Casilla 22: Intereses de cuentas y depósitos

Una de las más importantes. Aquí es necesario comprobar los intereses de las cuentas corrientes y depósitos en bancos y cajas de ahorros para aplicar las retenciones correspondientes. El porcentaje que se aplica es del 21%.

Casilla 24: Exención de 1.500 euros.

Este es un beneficio fiscal que se aplica a los primeros 1.500 euros procedentes de dividendos de acciones. Este es el último año en el que estos beneficios son aplicables, puesto que la reforma fiscal, con efectos en la declaración a partir del año que viene, impodrá la tributación de todo este tipo de partidas.

Casilla 32: Gastos deducibles

Aquí se deben incluir los gastos de gestión de carteras, como los relativos a costes de mantenimiento y renovación, y las distintas comisiones que se han abonado, tanto en productos de ahorro como en los de operaciones bursátiles.

Casilla 364: Compensación de pérdidas y ganancias

Desde este año se pueden compensar las ganancias patrimoniales a más de un año con las pérdidas patrimoniales a más de un año. Todas estas cantidades se pueden consignar coomo renta general o renta del ahorro en la declaración de la renta.

Casilla 391: Reinversión de la ganancia patrimonial

Se trata de la exención por reinversión de la ganancia patrimonial obtenida en 2014 por la transmisión de vivienda habitual. Las personas que vendieron su vivienda habitual el pasado año pueden beneficiarse de una exención siempre y cuando inviertan el importe en la compra de otra vivienda que vaya a ser la habitual.

Casilla 459: Sistemas de previsión social

Se trata de las aportaciones para cónyuges a sistemas de previsión social, incluyendo planes de pensiones y planes de previsión asegurados. El beneficio fiscal fiscal queda limitado a los primeros 2.000 euros de los importes.

Casilla 475: Aportaciones para cónyuges

Si ha habido divorcio o separación y existe una obligación de pasar una manutención al cónyuge, aquí deben incluirse las cantidades aportadas, que se reducen de la base general del pagador.

Casillas 547 y 548: Deducción por inversión en vivienda habitual

Esta deducción quedó eliminada para contribuyentes que compraron casa después del 1 de enero de 2013, pero se sigue aplicando para quienes la adquirieron antes y siguen satisfaciendo préstamos hipotecarios.