La media del euríbor a un año del mes de febrero de 2016 cerró en valores negativos. Concretamente en el -0,008%, lo que supone que se paga por prestar dinero, en lugar de cobrar.

El Euribor a un año es utilizado en más del 90% de las hipotecas que se conceden actualmente es España sigue por tanto en caída libre. Pero, ¿cómo afectará esta noticia a las hipotecas?

Las dos preguntas que surgen son:-Estando el euríbor a seis meses en zona negativa ¿podríamos ver un Euribor a un año en negativo?

-¿Podría resultar un tipo de interés aplicable a las hipotecas negativo?

El euríbor a un año se toma para referenciar la mayoría de préstamos hipotecarios en España (según los datos del Instituto Nacional de Estadística -INE- a noviembre de 2015, el 92,4% de las nuevas hipotecas se pactaron con Euribor).

-¿Podría entrar en zona negativa el euríbor aplicable a las hipotecas en España?

La realidad es que no basta con que el euríbor cierre "en número rojos" para que el tipo de interés de las hipotecas sea negativo, ya que se calcula de la siguiente forma:

Tipo de interés aplicable = Euribor + diferencial

Por tanto, para que el tipo de interés aplicable sea negativo, el euríbor ha de cerrar en negativo superando en términos absolutos al diferencial.

-¿Puedo acabar cobrando por tener una hipoteca?

Es otra forma de preguntar si el tipo de interés aplicable puede ser negativo. Para ello, como ya hemos comentado, el valor negativo del Euribor debería superar al valor positivo del diferencial pactado en nuestra hipoteca.

Si nos basamos en los últimos datos proporcionados por el INE, el tipo de interés medio de las hipotecas sobre vivienda firmadas fue del 3,26%. Si tenemos en cuenta que el Euribor a un año de enero cerró al 0,042%, podríamos decir que los diferenciales rondan el 3,2%, simplificando mucho. Por tanto, para que el tipo al que se revisa nuestra hipoteca fuera negativo, de media debería cotizar el Euribor al -3,2%, algo que consideramos muy difícil.

Sin embargo, en los buenos tiempos se llegaron a firmar diferenciales del 0,17% (concretamente la hipoteca rompedora del Deutsche Bank). Para estas hipotecas con diferenciales tan bajos, con un Euribor al -0,17% no se pagaría cuota alguna. ¿Y si fuera aún menor?

En este hipotético escenario, estaríamos en el inédito caso en España de hipotecas con interés negativo. Inédito para las hipoteca en euros, ya que para las hipotecas en francos suizos ya se ha dado un interés negativo en algunos casos de clientes del Bankinter, que han cobrado por su deuda.

-¿Es legal que el banco nos pague por tener una deuda pendiente?

Esta es otra más que interesante pregunta con la que los expertos no acaban de ponerse de acuerdo.

Para el notario y experto independiente de iAhorro.com Francisco Rosales no es posible que un interés negativo acabe suponiendo pagos al hipotecado ya que "diga lo que diga la escritura de préstamo hipotecario, en el hipotético caso en el que la suma del diferencial al Euribor, arrojara un resultado negativo, simplemente el préstamo pasaría a ser un préstamo sin interés, y el prestatario debería de devolver sólo el capital. Un interés negativo del dinero es parecido a una devaluación de la moneda, y a nadie se le ocurriría pensar que si se devalúa la moneda con la que hay que pagar el préstamo habría que incrementar el capital".

De forma contraria opina el reputado jurista y colaborador de iAhorro.com Fernando Zunzunegui, que sí entiende que se debería pagar al cliente con una revisión que arrojara tipos negativos, en base a que "no es lícito amputar del contrato la fórmula diferencial cuando la evolución del mercado determina la obligación de pagar intereses negativos a los clientes, como pretende el Banco de España para justificar que las entidades no tengan que pagarlos".

Cobrar por tener una deuda, una posibilidad que muchos jamás pensaron tener que analizar. Y esta paradójica situación se está produciendo entre bancos a plazos inferiores a un año.

Pau A. Monserrat / Director editorial de iAhorro.com