R. GARCÍA

La Sala Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, no le ha dado la razón a la madre, pero ella no se queda de brazos cruzados ni se rinde. El caso del padre de la menor que supuestamente sufrió abusos sexuales cuando tenía seis años se presentará con un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. La letrada de la madre asegura que se han vulnerado los derechos fundamentales de su cliente y que por tanto va a acudir al más alto Tribunal.

La historia de este proceso judicial comenzó en mayo de 2006. En ese mes, el acusado, C. S. F., invitó a su hija -menor de edad, que entonces tenía tan sólo 6 años- a pasar un fin de semana con él en un hotel de Gijón. El padre, separado, tenía un régimen de visitas de fin de semana que había pactado con su ex esposa y madre de la menor.

Una vez en la habitación del hotel, y según se recoge en el escrito del Ministerio Fiscal, el acusado tumbó a la menor en una cama e intentó abusar sexualmente de ella. Por estos actos constitutivos de un delito penal el acusado se enfrentaba a una pena de tres años de cárcel.

En una primera sentencia, el Juzgado de lo penal número 3 de Gijón absolvió al padre por no encontrar pruebas que le incriminasen de manera directa en el acoso a su hija. En ese momento, la abogada de la madre decidió interponer un recurso ante la Sala Octava de la Audiencia Provincial. No estaba de acuerdo con la absolución del acusado y quería ir más allá, hasta conseguir que se le condenase por los supuestos abusos sexuales.

La Sala Octava de la Audiencia Provincial de Asturias le contestó asegurando que no podía volver a interrogar al testigo y que, por jurisprudencia, tampoco se podía inculparle sin volver a interrogarle y que, por tanto, elevaba a firme la sentencia dictada por el Juzgado de lo penal número tres. Ante la duda, los magistrados de la Audiencia Provincial acuden al principio penal del «In dubio, pro reo», es decir, que en caso de duda se falle a favor del acusado.

Ahora, la letrada que instruye la acusación del proceso judicial va a imponer el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional al calificar esta resolución de la Audiencia Provincial como de «fraude» y asegura que se ha lesionado un derecho reconocido constitucionalmente. No se puede asegurar que haya un derecho a recurrir, si luego no se puede volver a escuchar al acusado y por tanto es imposible condenarlo. Tanto el padre como su entorno jurídico y familiar defienden su inocencia en el trato con su hija.

El Tribunal Constitucional deberá dirimir ahora si se ha realizado un acto en contra de los derechos fundamentales de la menor y de su madre, la ex pareja del hombre denunciado.