R. G. / M. C.

La titular del juzgado de lo social número tres de Gijón ha desestimado la demanda que interpuso uno de los auxiliares de la notaría de Ángel Torres para que lo readmitiera en su puesto de trabajo. El notario despidió a éste y a otra trabajadora del departamento de gestión de la notaría por un supuesto desfalco que podría superar los 600.000 euros.

El trabajador, que cobraba 60.000 euros brutos al año, prestaba sus servicios en la notaría desde septiembre del año 2000. El notario sostiene que lo había contratado para llevar la contabilidad de la empresa.

El trabajador fue despedido el pasado 14 de enero, después de que el notario encargara una auditoría externa de las cuentas de la empresa. Otra empleada de la notaría fue la que le puso en alerta al indicarle que el despedido no reintegraba a la caja el dinero sobrante del pago de inscripciones en registros oficiales y que había descuadres en la caja.

La sentencia señala que la contabilidad del dinero que había en la caja no se ajustaba a la realidad, que el auxiliar despedido anotaba en el libro de caja el dinero que entregaba en efectivo al notario para su uso personal, pero que ocultaba otras extracciones de dinero, algo que según el despedido hacía por indicación del notario, extremo al que la juez no da credibilidad en base a las declaraciones durante el juicio.

La supuesta conducta del trabajador despedido causó problemas al menos a una decena de clientes de la notaría. Según recoge la sentencia que ratifica el despido "al menos nueve personas (físicas y jurídicas), que habían otorgado escrituras en esa notaría en los años 2006 y 2007 para documentar la transmisión de inmuebles, fueron objeto de un recargo impositivo, por no haber presentado a tiempo la liquidación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos". La sentenecia también recoge que la notaría despachó en 2007 la escritura de disolución y liquidación de una empresa, pero esa escritura no fue presentada en el Registro Mercantil "lo que generó un crédito tributario en concepto de impuesto de sucesiones de 16.540,49 euros".

La notaría también se vio afectada por retrasos en la liquidación del IVA y el IRPF desde el año 2001.

La sentencia señala que la forma de gestionar del despedido hizo que la notaría no presentase "contabilidad fiable alguna" ni permitía al notario "acceder al conocimiento más o menos exacto del resultado económico de su actividad empresarial" debido a la "ocultación de datos, en que se traduce el no dar asiento a cada movimiento de cobro/pago o el detraer dinero de la caja de la notaría para aplicarlo a fines diversos", además de cerrar y a brir cada día la caja "con una cantidad que no correspondía al saldo del día entrante o saliente".

La juez califica como simple "maniobra de distracción" el argumento del despedido que atribuía a órdenes arbitrarias del notario y a la mezcla de sus cuentas personal y profesional el desaguisado contable de la notaría, algo que atribuye al "mal hacer del demandante", en quien el notario había depositado su confianza.