R. GARCÍA

Renfe -en la actualidad Adif (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias)- le ha ganado la última pelea a Sogepsa en una batalla judicial que las dos empresas mantenían desde hace una década, a costa del precio de expropiación del suelo en el área residencial de Poniente. Una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, firmada a principio de verano, determina que no hay razón para que la Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo de Asturias -beneficiaria de las acciones del Jurado Provincial de Expropiación- no acate una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, del año 2005, en la que se cifra en más de un millón y medio de euros (1.583.981,86 euros, exactamente) lo que le correspondía a Renfe por la expropiación de terrenos incluidos en la parcela de la Antigua Estación del Norte, y que hoy forman parte de la citado área residencial de Poniente.

La sentencia responde así favorablemente al recurso presentado por la empresa ferroviaria, que desde el principio se mostró en desacuerdo con la decisión del Jurado Provincial de Expropiación de Asturias del año 2000, que fijó un justiprecio para su finca de Poniente en la que no se tenían en cuenta los aprovechamientos que podía llegar a tener la parcela derivados de la edificabilidad que el nuevo planeamiento acordaba para la zona de Poniente.

Esos aprovechamientos eran tales que permitieron que se levantaran las torres de la avenida Juan Carlos I, de una decena de pisos. Los inmuebles referidos son los que se encuentran frente al Museo del Ferrocarril y los juzgados. Según se recoge en la sentencia ahora ratificada por el Supremo, mientras que el Jurado Provincial de Expropiación consideró que los abonos que debía hacer Sogepsa eran en función del valor en venta producido en subasta pública de los solares, los magistrados entienden que «no puede prescindirse en la valoración de la edificabilidad asignada en el planeamiento».

A partir de ahí, los magistrados dieron por buena la valoración aportada por una arquitecta -«con todas las garantías legales», apuntan- que partiendo de un aprovechamiento asignado a la parcela según el PERI de la zona, de 11.352 metros cuadrados construidos sobre rasante y 2.376 metros cuadrados construidos bajo rasante, llegó a determinar un valor de suelo de la finca de más de 260 millones de pesetas -en aquel tiempo- y que en la actualidad se traducen en el millón y medio de euros ahora fijado por el Supremo.