M. S.
El actual PGOU -documento que regula el crecimiento de la ciudad- es el resultado de adaptar la anterior normativa urbanística a la ley del Suelo autonómica. El texto definitivo entró en vigor en junio de 2007, después de una tramitación de tres años, en la que hubo que resolver más de 3.000 alegaciones. Al Tribunal Superior de Justicia de Asturias llegaron 76 casos de particulares o colectivos ciudadanos que siguieron por la vía contencioso-administrativa su lucha contra el plan urbano. Los últimos diez que ha notificado el TSJA ponen en un aprieto al Ayuntamiento. Y todavía queda por informar sobre otros seis recursos, de los que ya se sabe que también han sido estimados.
«En unos pleitos con la misma petición y que van a la misma Sala, es casi imposible que el Tribunal Superior de Justicia cambie sus razonamientos», señaló Paz Fernández Felgueroso. La primera anulación del TSJA llegó el pasado 15 de julio, en respuesta a la denuncia formulada por una familia de Mareo. El recurso que rebatirá esta sentencia ante el Tribunal Supremo se le ha encomendado al catedrático Luciano Parejo, uno de los especialistas en derecho administrativo y legislación urbanística que ha intervenido en la elaboración de la ley estatal del Suelo.
Parejo, según informó ayer la Alcaldesa, todavía no ha presentado su recurso ante el Supremo, aunque «estamos en plazo». El Ayuntamiento tendrá «en principio» que presentar un recurso por cada sentencia anulatoria, ya que «el tribunal está siendo muy restrictivo con la acumulación de sentencias». Luciano Parejo abrirá el camino. Le seguirán los servicios jurídicos municipales, que se encargarán de recurrir el resto de sentencias anulatorias, «se supone que con un razonamiento similar», adelantó Fernández Felgueroso.
Para defender sus intereses en el TSJA, el Ayuntamiento también buscó apoyo externo en el bufete que Juan Calderón tiene en Oviedo. «Es que no se puede cargar con todo a los abogados consistoriales», precisó la Alcaldesa, para que no haya dudas sobre la valía profesional de los técnicos consistoriales.
1. Error de concepto
El Ayuntamiento tramitó su Plan de Ordenación Urbana como una modificación. El TSJA considera que debería haberlo hecho como una revisión, ya que se reconfiguró el modelo de ciudad y se recalificaron más de 300 hectáreas de terreno.
2. El procedimiento
Al haberse aprobado el PGOU mediante el procedimiento de modificación y no de revisión, el TSJA considera que no se llevó a cabo un adecuado proceso de información pública. También tacha de «deficientes» los estudios económico-financieros y echa en falta «documentos esenciales» como la evaluación de impacto ambiental.
3. Cuestiones particulares
Los recursos que han dado lugar a las diez sentencias anulatorias conocidas en estos dos últimos meses tienen un tronco común, en el que se pone en entredicho la naturaleza jurídica del PGOU. Pero también incluyen particularidades, en función de los litigantes. Particularidades que inciden en el tratamiento de las quintanas, en la sectorialización del plan urbanístico de Castiello de Bernueces o en el desarrollo residencial previsto en Cabueñes.
3. Soluciones
Se optará por revisar de oficio el PGOU y, al mismo tiempo, recurrir ante el Tribunal Supremo.