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Los flecos jurídicos del planeamiento gijonés
 

El Supremo tumba un recurso de Ávila como el que pretende el Ayuntamiento para el PGOU

El tribunal falla, en contra de lo defendido por el gobierno local, que la anulación de un plan urbano no precisa ser firme para tener efecto sobre su desarrollo
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El Supremo tumba un recurso de Ávila como el que pretende el Ayuntamiento para el PGOU
El Supremo tumba un recurso de Ávila como el que pretende el Ayuntamiento para el PGOU  

Miriam SUÁREZ
«Basta que estemos ante una parte afectada para que puedan proyectarse sobre la misma los efectos de la sentencia anulatoria de un acto o disposición». Partiendo de este criterio, el Tribunal Supremo ha reprobado al Ayuntamiento de Ávila por continuar con el desarrollo de su Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) a pesar de la sentencia que lo anulaba. El caso de la ciudad castellana podría hacerse extensible al municipio de Gijón.

Aquí, el Ayuntamiento acumula varios fallos del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que invalidan el planeamiento urbanístico vigente. Aun así, el equipo de gobierno insiste en que ninguna de esas sentencias será firme hasta que lo diga el Supremo, y entre tanto su PGOU se mantiene en vigor. En el caso del Ayuntamiento abulense, que esgrimía un argumento muy similar, la respuesta de este órgano jurisdiccional fue que «la necesidad de firmeza de la sentencia anulatoria no resulta de aplicación».

En definitiva, «una sentencia anulatoria de un Plan General, aunque no sea firme, no puede desconocerse en su eficacia respecto de las partes afectadas, de forma que el plan parcial que lo desarrolla resulta inválido», interpretan los juristas. El Ayuntamiento de Gijón, sin embargo, considera que los planes parciales incluidos en el PGOU no tienen por qué verse alterados y, de hecho, sigue adelante con su tramitación.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias anuló el Plan Urbano gijonés por defectos medioambientales y de procedimiento. Para los vecinos que batallan contra el PGOU, la sentencia dictada -con fecha 26 de junio de 2009- por el Supremo en relación al caso de Ávila sienta jurisprudencia. Algunos, como los afectados por el plan parcial de Cabueñes, ya toman nota para esbozar futuras estrategias legales.

Tribunal Supremo

- Ha rechazado el recurso que interpuso el Ayuntamiento de Ávila para salvar su PGOU de una sentencia anulatoria. Mientras el Supremo se pronunciaba, se consideró que el fallo no era firme y se desarrolló un plan parcial del PGOU. Fue anulado.

Ayuntamiento de Gijón

- El PGOU gijonés acumula varias sentencias de anulación. El Ayuntamiento las recurrirá ante el Supremo. También sostiene que entre tanto su PGOU sigue vigente y no ha detenido la tramitación de planes parciales como el de Cabueñes o Castiello.

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