R. G.

La Audiencia ha condenado a una gijonesa y a su hija por un delito de enriquecimiento ilícito, al considerar el Tribunal probado que las acusadas ocultaron la boda de la joven a su padre para que éste les siguiera pasando la pensión alimenticia acordada tras el divorcio. El estafado ingresó el dinero que ahora le tienen que devolver -5.222,3 euros- en la cuenta que comparten madre e hija.

El engaño comenzó en mayo de 2004. La hija del estafado contrajo matrimonio en Roma, a espaldas de su padre. Según recogen los jueces de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial en su sentencia, al padre divorciado «no le invitaron ni le comunicaron el matrimonio. Las propias demandadas tienen reconocida la inexistencia de relaciones con él». Para llevar a cabo la estafa las condenadas aprovecharon que el ex marido se había trasladado por motivos de trabajo a la Embajada de España en Quito (Ecuador). En su defensa ellas aseguran que la noticia de la unión fue comunicada a una hermana del afectado, que vive en Málaga, pero el tribunal asegura que carecen de pruebas para asegurarlo.

El fallo judicial concluye que la hija, tras su matrimonio, «ha seguido cobrando una pensión alimenticia a la que no tenía derecho, por carecer de la finalidad específica para la que se estableció» y añade que resulta impensable «que alguien pague durante tres años más de lo que debe». A juicio de los magistrados que firman la sentencia procede la devolución del dinero «ante la clara existencia de un enriquecimiento injusto por parte de las demandadas y el subsiguiente empobrecimiento del afectado».