R. GARCÍA
Se negó a limpiar el mostrador de la carnicería del supermercado en el que trabajaba y acabó sin sueldo y sin trabajo. La empleada de un establecimiento gijonés fue despedida en abril de 2008 por negarse a limpiar «en profundidad» como le había ordenado su jefe. La afectada llegó a responder al responsable de su sección que no iba a «limpiar la mierda de los demás». Su actitud desafiante sirvió a la empresa como excusa para extinguir su contrato laboral. Ahora, casi diez meses después del despido, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo da la razón a esta trabajadora que había denunciado a sus jefes y declara «nulo» el despido, obligando a la empresa a indemnizar a la afectada con 6.251 euros en concepto de daños morales.
La sentencia no ha debido de sorprender en exceso a los responsables de la empresa afectada. De hecho, el mismo día que la trabajadora fue despedida los abogados del centro comercial le enviaron una carta en la que reconocían abiertamente que su expulsión era «improcedente». Entonces se fijaba para ella una indemnización de 4.725 euros, una cantidad algo menor de la que ahora tiene que recibir por orden de los tribunales que han juzgado su caso.
No era la primera vez que esta dependienta ponía en un aprieto a los responsables del supermercado en el que trabajaba. El cambio de horarios o de sede de trabajo al que la sometieron en varias ocasiones fue duramente contestado por la afectada, que interponía quejas de manera constante defendiendo sus condiciones laborales.
En cuanto los responsables del centro comercial ejecuten la sentencia, la trabajadora deberá ser restablecida a su antiguo puesto, en el que llevaba apenas un año trabajando con un contrato indefinido ya que antes había estado contratada como eventual.