A. R.

María del Carmen R. A. y su hijo pueden respirar tranquilos. La sección octava de la Audiencia Provincial ha absuelto a los dos gijoneses del delito continuado de estafa que les atribuía el ministerio fiscal, cometido supuestamente contra una anciana, tía de la principal imputada. Por dicho delito se enfrentaban a una posible condena de diez años entre ambos.

Pese a las acusaciones vertidas sobre los encausados, el juez considera que en la vista oral del juicio (que duró dos días) no quedó probado ni que hubiera engaño en la cuantiosa transmisión de patrimonio que la mujer hizo a favor de su sobrina, ni que ésta se encontrara con sus facultades mentales disminuidas fruto del alzheimer que se le diagnosticó.

A favor de los dos encausados jugó, claramente, los testimonios de los médicos especialistas que no pudieron acreditar que la progresión del alzheimer que sufría la mujer hubiera sido tan determinante como para no ser plenamente consciente del poder general que en el año 2004 firmó ante notario, gracias al cual su sobrina pudo vender el piso de la anciana y disponer de algunos de sus bienes. El juez insiste en que para que haya una estafa tiene que haber un engaño, algo que ni el fiscal ni la acusación particular pudieron acreditar en el juicio, dejando por tanto abierta la puerta a la posibilidad, planteada por el abogado de los imputados, Alberto Rey Nuño, de que la anciana hubiera beneficiado, plenamente consciente de lo que hacía, a sus dos familiares entre otros posibles. El magistrado también atendió el indicio de que dos notarios (ante uno firmó un poder, y ante otro hizo testamento) no hubieran apreciado la incapacidad de la mujer.