Miriam SUÁREZ

Cinco meses, 780 denuncias. El 23,35 por ciento de las quejas que la Unión de Consumidores de Asturias-UCE lleva recibidas este año guardan relación con la vivienda. El cobro del impuesto de plusvalía al comprador surge, especialmente en Gijón, como un nuevo motivo de conflicto con las empresas constructoras. «Se trata de una ilegalidad manifiesta», advertían ayer, por boca de Cristina Olaguibel, los servicios jurídicos de la entidad.

El impuesto de plusvalía grava el incremento de valor que experimenta una propiedad en el momento de su transmisión. Corresponde, por tanto, al vendedor asumir esta tasa de carácter municipal. «La ley 44/2006 prohibe expresamente cobrar la plusvalía al comprador», apuntó Olaguibel, que está tramitando, en la actualidad, 25 denuncias relacionadas con este asunto. Todas ellas se refieren a casos ocurridos en la zona de Viesques, pero «no tenemos duda de que habrá más afectados en otros sitios».

Ante las consultas y quejas que genera el tema de la vivienda, la Unión de Consumidores ha elaborado un decálogo con los derechos que asisten al comprador. Los servicios jurídicos de UCE-Asturias consideran que «es importante acceder a una vivienda en buenas condiciones de financiación, pero también lo es proteger al comprador frente a la inclusión de cláusulas abusivas» como el pago de la plusvalía.

Ayer, desde la sede que UCE tiene en Cimadevilla, Cristina Olaguibel llamaba la atención de los ciudadanos sobre este tipo de prácticas «ilegales» e informaba a los consumidores de que «pueden reclamar la devolución de los pagos». Si la cantidad no supera los 900 euros, «no necesitarían ni abogado ni procurador» para acudir a la vía judicial. Aunque, para prevenir problemas, la entidad aconseja tener en cuenta las pautas de su decálogo:

l Información. «Es importante enterarse previamente de las características esenciales de la vivienda». UCE-Asturias se refiere, como «esencial», a propietario, cargas, estado de conservación o solvencia de la empresa vendedora.

l Vivienda en construcción. La entidad avisa de que «toda la información incluida en la oferta, promoción y publicidad es exigible».

l La señal. La entrega de arras o señal antes de la formalización del contrato es habitual. Su contenido no reviste complicación alguna, pero es vinculante, así que «pueden tener efectos muy perjudiciales». UCE recomienda «pactar unas arras penitenciales que permitan al comprador renunciar a la adquisición en cualquier momento anterior a la firma de la escritura, perdiendo sólo la cantidad entregada como señal». La renuncia del vendedor, en este caso, conllevaría la devolución del doble de lo recibido.

l La notaría. «El comprador tiene derecho a escoger notaria», se informa en el decálogo, y «a acudir a la notaría en los tres días anteriores a la firma de la escritura para poder leer detenidamente el contrato».

l Cláusulas abusivas. Tales como la repercusión de la plusvalía al comprador; el gasto de los enganches y acometidas de los servicios generales; o los gastos de cancelación de la hipoteca del constructor, en el supuesto de que el comprador decida no subrogarse.

l Documentación. El vendedor de una vivienda en construcción debe facilitar los planos y el manual de uso de todas las instalaciones; una relación de materiales y calidades; célula de habitabilidad; los boletines del instalador autorizado; y las garantías e instrucciones de los aparatos domésticos incluidos en la vivienda.

l Los pisos protegidos. «Asegúrese», subraya la Unión de Consumidores, «de la limitación y prohibiciones a la hora de poder disponer de una vivienda».

l Facturas. Debe exigirse una factura por cada uno de los pagos que se realicen. Ante cualquier incumplimiento de la constructora «reclame por escrito de manera fehaciente, preferiblemente a través de un burofax».

l Las garantías. Los agentes que intervienen en la construcción de una vivienda son responsables de los vicios o defectos que se produzcan. «Pero, en contra de lo que piensan muchos compradores, no todos los elementos de un edificio están garantizados 10 años», avisa UCE-Asturias. Durante ese período sólo se cubren los defectos que dañen la estructura (cimientos, muros de carga, forjados, vigas). Las instalaciones, por su parte, tienen tres años de garantía. Y las terminaciones y acabados, uno. Para reclamar, el plazo es de 15 años.