Miriam SUÁREZ

La Confederación Asturiana de la Construcción-Asprocon prefiere ir al grano. Sus alegaciones al Plan General de Ordenación (PGO) se centran en los aspectos más técnicos del planeamiento urbanístico para matizar el marco legal que condicionará la actividad del sector durante los próximos diez años. La patronal plantea al Ayuntamiento que admita las viviendas «no exteriores» siempre que las características de los patios de manzanas así lo permitan.

«Teniendo en cuenta la cantidad de calles que no tienen ni siquiera 14 metros de ancho, ¿por qué no se van a garantizar mejores condiciones de iluminación en un patio más amplio que la calle?», justifica el colectivo empresarial. La Confederación se muestra conforme con el modelo de ciudad que defiende el Ayuntamiento, pero considera que el PGO es mejorable a nivel normativo. Que se puedan construir viviendas sin ventanas a la calle no es su única propuesta. «La concesión de licencia de demolición no ha de condicionarse a la simultánea solicitud de licencia de edificación», argumenta también.

La patronal asturiana de la construcción sugiere, además, que «se debe corregir la definición de vivienda colectiva». Tal como está recogida en el nuevo Plan General de Ordenación, «podrían desaparecer los adosados como vivienda unifamiliar», advierte la Confederación, que el pasado mes de junio incorporaba a sus filas a la Asociación de Promotores y Constructores de Gijón (Asprocon), con la que ahora hace fuerza común.

En las alegaciones presentadas por los empresarios del sector, se incluye otra petición relativa a los usos terciarios: «Debería poder disponerse de oficinas en pisos superiores a la planta primera, aunque no se trate de un edificio exclusivo de oficinas». La Confederación cree que «no hay ninguna razón para que, por ejemplo, un despacho de abogados o un consulting de ingeniería no puedan instalarse en plantas superiores; de hecho, es algo que ahora ocurre con normalidad».

Se sugiere, igualmente, «flexibilidad en la implantación de áticos»; «incrementar el frente de buhardilla por vivienda hasta 2,50 metros»; y una nueva redacción de los artículos del PGO relativos a las energías alternativas y a la composición arquitectónica de las nuevas construcciones. Y añaden: «El cómputo de la edificabilidad máxima lucrativa no debería tener en cuenta los tendederos establecidos en fachada mediante elementos sin forjado de suelo ni los situados en planta baja; los trasteros de planta baja; ni el 50% de las terrazas cubiertas».