R. G.

El trabajador de una inmobiliaria de la ciudad acaba de ser condenado a dos años de cárcel acusado de un delito de apropiación indebida. El juez del Tribunal Supremo encargado de decidir en torno al recurso interpuesto en su día por el imputado, asegura que el gijonés «se quedó con los 6.000 euros que dos de sus clientes le habían dado en concepto de señal para la adquisición de un piso». Tras varios meses de búsqueda, los demandantes decidieron rescindir su contrato con la inmobiliaria, pero no pudieron recuperar su dinero. El acusado aseguró en su día ante el tribunal que se había quedado con los 6.000 euros para «cubrir sus honorarios». Una excusa que ahora no acepta el Supremo: «Nada se dice en el contrato firmado por las partes de señal sobre un presunto destino al pago de honorarios del mediador de la cantidad entregada a modo de depósito». Además, recalcan los magistrados, «en el propio acto de conciliación entre las partes el recurrente admitió su obligación de devolver la señal». La sentencia, que en su día había sido dictada por la Audiencia Provincial, es ahora firme.