Especialmente duro se torna el texto en una sección dedicada a la mendicidad, un fenómeno que el Ayuntamiento quiere «erradicar en cualquiera de sus formas». Ésta queda vetada en caso de «actitudes coactivas o de acoso» o que «obstaculicen o impidan de manera intencionada el libre tránsito», sancionadas como una infracción grave. Pero más llamativa es la prohibición de ofrecer bienes o servicios a personas que estén dentro de su coche o vehículos públicos, que hace mención concreta a «la limpieza de parabrisas de automóviles en los semáforos». Así como de cualquier actividad que «pueda obstruir el tráfico rodado por la vía pública», haciendo hincapié en aquellas que se realicen en la calzada y en los semáforos.

El documento establece normas para evitar la conducta de menosprecio o vejatorias a la dignidad de las personas así como actitudes «racistas, xenófobas, sexistas u homófobas», incluidas como infracciones graves, donde también están tipificados otros comportamientos como «actos de deterioro grave y destrozos del espacio público y sus elementos», talar y romper árboles, y maltratar pájaros u otros animales.

En cuanto a las infracciones leves en el espacio público, se incluyen los grafitis, pintadas y otras expresiones gráficas, incluyendo el rasgado de la superficie, sobre cualquier elemento público o privado visible desde la vía pública, del transporte público o en los árboles; la colocación de carteles o arrancarlos y tirarlos a la vía pública; poner publicidad sobre los parabrisas de vehículos y tirar folletos por el suelo o dejar propaganda fuera de los recintos de portería; hacer necesidades fisiológicas, incluyendo vomitar y escupir; la demanda, uso o consumo de actividades no autorizadas; ensuciar las calles con vertidos de colillas u otros residuos; el estacionamiento de vehículos para la exposición, venta, alquiler o finalidades publicitarias sin autorización; acampar en las vías y espacios públicos, instalarse de manera estable en ellos o dormir en ellos de día o de noche; utilizar bancos para usos distintos a los que están destinados; bañarse o lavar ropa en fuentes o estanques; manipulación de papeleras y contenedores; hacer caso omiso de las indicaciones sobre condiciones y lugares de baño; ducharse con jabón en las duchas de la playa; subirse a los árboles o arrancar flores, plantas o frutas; y perturbar el descanso o la tranquilidad con ruido, ya sea con aparatos sonoros o con cantos, gritos, peleas o llamadas indiscriminadas a timbres.

Además de depender de si la infracción es leve, grave o muy grave, la imposición de las sanciones económicas variará según la intensidad de la perturbación ocasionada. Asimismo, el borrador especifica que la multa no exonera al infractor de la obligación de reparar los daños o perjuicios causados. La competencia sancionadora recaerá sobre la Junta de Gobierno Local y, en el caso de infracciones cometidas por menores de edad, serán comunicadas a sus padres, madres o tutores legales. Nada se especifica sobre la inclusión de trabajos comunitarios como fórmula de castigo alternativa.

En el documento el Ayuntamiento anuncia la realización de políticas y actuaciones de sensibilización y educativas «para el fomento de la convivencia y el civismo», así como acuerdos con entidades y asociaciones encaminados al mismo objetivo. Incluye el apoyo a instituciones sin ánimo de lucro y la participación de la Policía Local, los mediadores sociales y los sectores de la hostelería y ocio, así como de las asociaciones de vecinos, entre otras entidades. No especifican la colaboración con las agrupaciones de jóvenes.

El borrador sí establece el deber de todas las personas «de colaborar con las autoridades municipales en la erradicación» de conductas antisociales, algo que se hace extensivo con mayor intensidad a los propietarios, encargados o responsables de «establecimientos de pública concurrencia». En su caso, incurrirían en una infracción grave si no avisasen o colaborasen con los agentes de la autoridad «cuando se produjesen actos incívicos, violentos o molestos de los clientes en los establecimientos o a su entrada o salida».