Pablo TUÑÓN

Mantener relaciones sexuales en el espacio público podrá acarrear una multa de entre 100 y 750 euros, idéntica sanción que tendrán que afrontar clientes y prostitutas que hagan trato en la calle. Éstas son algunas de las normas incluidas en el borrador de la ordenanza municipal de protección de la convivencia ciudadana redactado por Foro, que también marca una sanción similar por la práctica del «botellón» y el consumo de alcohol en la vía pública. El borrador ha sido entregado a los miembros de la comisión de seguimiento de la Junta Local de Seguridad (los cuatro grupos municipales, federaciones vecinales, fuerzas de seguridad y colectivos de hosteleros) para que aporten sus enmiendas de cara a su aprobación.

Aunque incluye multitud de apartados más dentro del título de «Normas de conducta en el espacio público», el consumo de bebidas alcohólicas tiene prioridad al ocupar el capítulo primero. «Mención especial merece lo que ha dado en denominarse "fenómeno del botellón"», ya avisa el texto en su exposición inicial, para luego, en el capítulo normativo, señalar: «el Ayuntamiento de Gijón velará para que no se consuman bebidas alcohólicas en los espacios públicos, prohibiendo expresamente la "práctica del botellón"». Esta prohibición de beber en la calle tiene dos excepciones: cuando tenga lugar en espacios reservados expresamente para dicha finalidad, como terrazas o veladores; o cuando se cuente con el permiso de las autoridades en casos puntuales. En este apartado, el borrador incluye la obligación de depositar todo recipiente en los contenedores correspondientes o en las papeleras.

El incumplimiento de esta norma en contra del «botellón» y consumo de alcohol en la vía pública está tipificado en la ordenanza como una infracción leve, que supone una sanción de 100 a 750 euros. Nada se dice de trabajos comunitarios como castigo. Los agentes de la autoridad podrán retirar «cautelarmente» las bebidas, que serán destruidas. Asimismo, podrán acompañar, si se encuentran en estado de embriaguez, a las personas afectadas a los servicios de salud o atención social.

La ordenanza, en su título de normas, incluye otros puntos que llaman la atención, tal es el caso del que se refiere a la prostitución y prácticas sexuales. El documento prohíbe tajantemente mantener relaciones sexuales en lugares públicos, en el mismo apartado en el que sanciona la prostitución en la calle, especialmente «en las cercanías de centros docentes o educativos». Una norma que abarca tanto a meretriz como a cliente, al prohibir «ofrecer, solicitar, negociar o aceptar, directa o indirectamente, servicios sexuales retribuidos en el espacio público». El Ayuntamiento, que ofrece colaboración a las prostitutas «que quieran abandonar su ejercicio» así como para la persecución contra el proxenetismo y la explotación sexual, incluye estas normas como infracciones leves, con idéntica sanción a la del «botellón».

Eso sí, dos infracciones leves en un año se convierten en una grave, sancionada con un importe de 750 a 1.500 euros; y dos graves, en una muy grave; multada con una cantidad de entre 1.500 y 3.000 euros. Infracciones muy graves son «la agresión o asedio a menores por grupos de personas que actúen en el espacio urbano», y el vandalismo en el uso del mobiliario urbano que ponga en riesgo «la integridad física de las personas o los bienes».