El presidente de la Autoridad Portuaria de Gijón, Emilio Menéndez, al amparo de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, manifiesta:

«1.- Que, frente a lo publicado en la portada y en la página 3 del día 2 de marzo de 2011, edición de Gijón, el Puerto de Gijón no ha subido sus tasas un 30% al encontrarse en este momento la Autoridad Portuaria de Gijón negociando con el Organismo Público Puertos del Estado el plan de empresa correspondiente al ejercicio 2012. Una vez finalizada la negociación con Puertos del Estado, será el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria el órgano competente para aprobar los coeficientes correctores aplicables a las tasas.

2.- Que, frente a lo publicado en la portada y en la misma página del día 2 de marzo de 2012, en la página 15 del día 3 de marzo de 2012, página 15 del 4 de marzo de 2012 y página 13 del 5 de marzo de 2012, el Puerto de Gijón no desoye las recomendaciones, que no directivas, del ICAC que le permitirían diferir las pérdidas en el resultado de explotación que se han producido en el ejercicio 2011. Las respuestas del ICAC no son de aplicación directa a la contabilidad de las Autoridades Portuarias, ya que, como resulta del artículo 39 de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, para que dichas recomendaciones sean vinculantes es preciso que Puertos del Estado apruebe una directriz que sea de obligado cumplimiento para todo el Sistema Portuario. Por ello, esta Autoridad Portuaria, sin autorización de Puertos del Estado, no puede unilateralmente aplicar las recomendaciones contempladas en la respuesta del ICAC, debiendo ajustarse al Código de Comercio, Plan General de Contabilidad y demás de aplicación sin perjuicio de que el deseo de la Autoridad Portuaria sea aplicar una amortización progresiva según disponibilidad y puesta en funcionamiento de las infraestructuras construidas.

3.- Que, frente a lo señalado en la portada del día 3 de marzo de 2012, ni se ocultó por la dirección de la Autoridad Portuaria la "directiva" de Hacienda (en rigor, respuesta del ICAC a la consulta planteada) al ser facilitada a todos los miembros del Consejo de Administración, ni tampoco habría evitado ésta entrar a El Musel en números rojos por resultar inaplicable (como se señala en el punto segundo) ni genera el incremento de la tarifa del 30% que, tal como se señala en el punto primero, no está acordado. Dicha documentación se facilitó a todos los consejeros en la sesión de los consejos celebrados los días 16 de junio y 1 de septiembre de 2011».