J. J.

Mariano de la Puente Bordonaba, socio 840 del Grupo Covadonga, presentó ayer una impugnación que no afecta a ninguno de los dos candidatos a las elecciones a la presidencia, Enrique Tamargo y José Antonio Mateos, sino al proceder de la propia comisión electoral ya que considera que no ha cumplido con la normativa que controla el proceso electoral, en este caso con el artículo 54 del Reglamento de Régimen Interior que dice: «En el plazo de dos días la comisión electoral proveerá a los promotores de pliegos numerados doblados, que llevarán impreso en la primera cara el texto que en cada caso proceda y en las tres restantes, casillas numeradas correlativamente desde el uno hasta un número superior en el diez por ciento al del mínimo de firmas precisas en cada caso». En lo que corresponde a avales para ser declarado candidato a las elecciones a la presidencia, el número necesario es de 300, por lo que la comisión electoral debía entregar un máximo de 330. Sin embargo, tanto Mateos como Tamargo validaron un número notablemente superior, 658 el primero y 1.390 el segundo, lo que supone que la comisión electoral no cumplió con lo recogido en el reglamento e hizo entrega de un número mucho mayor de impresos.

El espíritu por el que los redactores del Reglamento de Régimen Interior establecieron un tope del 10 por ciento sobre el mínimo de firmas necesarias fue precisamente evitar la perversión del proceso electoral y el hecho de que alguno de los candidatos apuntara desde antes del inicio del proceso un posible favoritismo al presentar un número muy elevado de avales.

La comisión electoral tiene hasta el próximo jueves para fallar sobre esta impugnación que de ser aceptada supondría el inicio de todo el proceso y por tanto el cambio en la fecha de las votaciones.