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Impugnada ante el Principado la presidencia de la plaza de toros de El Bibio

Un gijonés con estudios en Dirección de Espectáculos Taurinos reclama a la Alcaldía el fin de la designación "a dedo"

El gijonés Manuel Ricardo Fuertes Tuya, delegado en Asturias de la Asociación de presidentes de plazas de toros de España, lleva cuatro años luchando para que Carmen Moriyón acabe con la designación "a dedo" del presidente del festejo taurino de Begoña en la plaza gijonesa de El Bibio. "La discrecionalidad ya no puede ser la forma válida de actuar de una Alcaldesa", sostiene. De ahí que lejos de darse por vencido en su reclamación, este año está dispuesto a que su impugnación por la discrecionalidad en la selección sea examinada incluso por órganos superiores a los municipales.

Fuertes Tuya llevó a cabo, tanto en 2011 como en 2012, sendas solicitudes formales ante la Alcaldía postulándose al cargo de presidente o suplente de la plaza de El Bibio. Y lo hacía apelando a su condición de experto universitario por la UNED, tras superar los estudios de Dirección de Espectáculos Taurinos.

Pero sus solicitudes en base a "idoneidad, titulación académica, profesionalidad y experiencia" nunca obtuvieron respuesta de la Alcaldía. De ahí que Fuertes Tuya optase este año por cambiar de estrategia y dirigir la solicitud al Secretario General del Ayuntamiento de Gijón, Miguel Ángel de Diego, para que en base al Plan Estratégico Nacional de Protección del Fomento de la Tauromaquia (aprobado en diciembre de 2013 por la Comisión Nacional de Astuntos Taurinos del Ministerio de Cultura), tuviera en cuenta su condición de delegado asturiano de la Asociación de presidentes de plazas de toros de España para cambiar el estado de cosas en Gijón. "El uso no puede ser costumbre, y si las cosas han cambiado en cuanto a reglamentos e incluso titulaciones universitarias, lo que no puede ser es que en Gijón se mantenga la forma de selección de presidentes de hace años", sostiene Fuertes Tuya.

La petición formal fue contestada por el secretario municipal con la indicación de que los nombramientos de presidentes del festejo habían sido resueltos por la Alcaldía dos días antes de la petición del interesado. Un recurso de reposición, primero, y una impugnación con carácter de urgencia ante la Consejería de Presidencia del Principado de Asturias, fueron los siguientes pasos de Fuertes Tuya para hacer valer sus derechos. Ahora está a la espera de la contestación del Principado.

En su argumentación Manuel Ricardo Fuertes considera irregular que por parte de la Alcaldía "no se haya publicitado en legal forma, ni en el BOE, ni BOPA, ni tan siquiera en el BIM (Boletín de Información Municipal) norma, reglamento o base para la provisión, nombramiento o designación de Presidente de la plaza de Toros". Una publicidad, dice, que le habría permitido "concurrir en igualdad de condiciones" que otras personas para la selección del cargo. Apela también a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, "que establece que todas las Administraciones públicas se encuentran obligadas por el ordenamiento jurídico español a seguir el principio de publicidad de sus actos", "garantizando el derecho de acceso a la información de los ciudadanos". También menta a la Constitución Española y al Tribunal Constitucional, por su reiterado reconocimiento a "que todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos según sus méritos y capacidad, en condiciones de igualdad".

Ahora espera una contestación del Principado, ya que la que obtuvo del Ayuntamiento no le satisface. En ella el secretario municipal le hizo saber que mientras no haya ningún otro reglamento posterior, el de 1996 recoge que "la Presidencia de la corrida recaerá en el Alcalde en plazas que no sean capital de provincias, si bien puede delegar en un concejal o personas expertas". De Diego Díaz anuncia al interesado que en el caso del festejo gijonés, la Alcaldía ya hizo esa delegación en Ismael Camilo Fernández García y Ángel Junquera Zarza y Emilio Sánchez García, "acto administrativo puramente discrecional basado además en la confianza", por lo que a ojos municipales "no existe un derecho subjetivo por parte de cualquier ciudadano a optar a esos cometidos que al no tratarse de acceso a la función pública no están sometidos a los principios de publicidad, mérito y capacidad". Así las cosas, la pelea está en la arena, y eso que no hay de por medio remuneración alguna. Al menos, por ahora.

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