El Juzgado de lo mercantil de Gijón ha condenado a un compañía aérea a pagarle a un cliente los 206,55 euros que el asturiano tuvo que pagar para adquirir un billete de avión entre Asturias y Canarias. El demandante se vio obligado a adquirir este pasaje después de que la compañía en cuestión se negara a cambiarle al cliente el billete que había adquirido para su mujer y en el que, por un "error involuntario" había escrito mal los apellidos de la pasajera.

El juez asegura que "la compañía tuvo conocimiento de la inoperatividad del billete y pudo disponer del mismo pese a haberlo cobrado". "Se da un enriquecimiento ilícito por parte de la empresa", enfatiza.