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Rebajan la pena a los acusados de un accidente laboral por el retraso en la investigación

La Audiencia critica que tardara seis años la tramitación judicial del caso por la muerte de un obrero que cayó de un andamio en una obra

Andamio en el que tuvo lugar el accidente mortal. ÁNGEL GONZÁLEZ

La sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, se ha visto obligada a reducir la condena impuesta en el mes de junio a tres vecinos de la ciudad acusados de la muerte de un trabajador que cayó de un andamio. A pesar de que el tribunal asegura que ha quedado probada la responsabilidad de los tres implicados en el fallecimiento del obrero que en el momento de los hechos se encontraba trabajando sin las adecuadas medidas de seguridad, los jueces aseguran que la investigación de este accidente mortal se prolongó más de lo necesario. Los tres implicados, que en su día fueron penados con dos años y medio de cárcel, deberán ahora hacer frente a un año y medio de privación de libertad, lo que supone que no ingresarán en prisión. Al menos de momento, ya que uno de ellos aún tiene pendiente otro procedimiento judicial por ser el propietario de la firma para la que trabajaban dos obreros heridos en mayo de este año al desplomarse un andamio en la calle Aguado.

Los magistrados de la Audiencia Provincial encargados de examinar el recurso interpuesto por la defensa de los condenados son tajantes en su sentencia. "Es extraordinario que en un caso tan grave y a la vez tan claro desde un principio la tramitación del procedimiento dure más de seis años", afirma el tribunal en un fallo al que ha tenido acceso este periódico. Los jueces mantienen que "la relativa complejidad del asunto no justifica tan extensa duración del proceso". Los magistrados critican que uno de los procesados tardó cuatro años en ser citado para declarar como imputado.

El accidente laboral que ahora acaba de ser clarificado en sede judicial le costó la vida a un trabajador de 36 años. Los jueces consideran que los dos empresarios de la construcción y el arquitecto técnico procesados son los responsables de la comisión de delitos de homicidio por imprudencia y contra los derechos de los trabajadores. En el banquillo de los acusados se sentaron en su día el propietario de la empresa de rehabilitación de fachadas que había sido contratada por la comunidad de vecinos, el encargado de obra y administrador de la firma que a su vez la primera empresa había subcontratado para el andamiaje y el responsable de la seguridad de los trabajos. La juez que se encargó del caso en un primer momento aseguró que el siniestro "se debió a que la plataforma de trabajo del andamio estaba constituida por tableros de madera que no eran los especificados para la plataforma". Los tablones "se quebraron por la mitad", provocando la caída y el fallecimiento del trabajador, que se encontraba a 18 metros de altura y que, tal y como se recoge en la sentencia de primera instancia, "carecía de equipo de protección individual anticaídas". Pero las irregularidades, apuntó la juez, no acababan ahí. "El andamio había sido instalado por operarios que carecían de la formación requerida", enfatizó la magistrada haciendo hincapié en que "no consta que los trabajadores hubieran recibido formación para los puestos cuyas labores estaban desempeñando". La juez llegó a tachar de "palmaria" la infracción de las obligaciones que se atribuyeron a los tres procesados.

La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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