La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de un empresario por un accidente laboral ocurrido en 2014 en Gijón. La vista oral se celebrará este miércoles en el Juzgado de lo Penal número tres de Gijón, a las 9.30 horas.

En una nota de prensa, el Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 15.15 horas del 14 de mayo de 2014, un trabajador de una compañía de construcciones metálicas, especialista en calderería, se encontraba desempeñando su labor en el polígono de Somonte III de Sotiello, en Gijón, consistente en el montaje de una viga angular en el techo del horno convectivo, situado en el exterior de la nave.

El empleado se encontraba junto a un compañero y en un momento dado, se produjo una racha de viento que levantó las chapas que estaban acopiadas en el techo, una de las cuales golpeó al trabajador, que cayó al interior del horno, a una altura de 4 metros. A consecuencia del golpe sufrió varias lesiones, entre ellas, traumatismo cráneo-encefálico y varias fracturas. Tardó en curar 145 días, diez de ellos de ingreso hospitalario.

Le han quedado varias secuelas y después del accidente fue atendido por el Sespa, que ha renunciado a toda indemnización, ya que los gastos le fueron abonados por la mutua.

El Ministerio Fiscal sostiene que el suceso se debió a que se realizaban labores en altura sin que los trabajadores dispusiesen de ningún tipo de protección colectiva ni individual y a que había material que no había sido sujetado previamente. Esta situación de riesgo afectaba al resto de trabajadores.

El acusado era administrador único y gerente de la empresa y el máximo responsable en materia de seguridad de la misma y, como tal, debía haberse asegurado de la implantación correcta de las medidas de protección previstas en el Plan de Seguridad y Salud.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la vida y salud de los trabajadores y de un delito de lesiones. Por ello solicita que se condene al acusado a dos años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, inhabilitación especial para el ejercicio del cargo de administrador y de gerente durante el tiempo de la condena, pago de las costas y abono de una indemnización al trabajador de un total de 23.593,28 euros. De esta cantidad responderá de forma directa la compañía aseguradora de la empresa y, de forma subsidiaria, la propia compañía.