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Los urbanistas ven "de dudosa legalidad" los cambios en el PGO durante su votación

Expertos en derecho administrativo creen que el Ayuntamiento "debería extremar el cuidado de los procedimientos" en la tramitación del plan

Los urbanistas ven "de dudosa legalidad" los cambios en el PGO durante su votación

Los expertos en derecho urbanístico manifiestan serias dudas sobre la legalidad formal de la aprobación inicial en el Pleno del Ayuntamiento del nuevo Plan General de Ordenación (PGO). El motivo, las modificaciones "in situ" de varias fichas del documento con el objetivo de retirar el cambio en las condiciones urbanizables de la finca Bauer (propiedad de la familia Figaredo) y el blindaje de los terrenos de Juliana y el Tallerón para garantizar su futuro inmediato industrial.

El gobierno local de Foro logró con estos cambios asegurarse el voto a favor de Xixón Sí Puede (marca local de Podemos) e IU, pero, al mismo tiempo, sembró de dudas la regularidad del procedimiento de aprobación inicial. Así lo entienden expertos.

Jorge Álvarez González, abogado del despacho jurídico Ontier que participará en marzo en un curso en Gijón sobre los efectos de la nulidad de los planes urbanísticos, manifiesta, "con toda la prudencia del mundo", sus dudas sobre la corrección legal del procedimiento seguido en la sesión plenaria del martes; aunque el secretario municipal, Miguel Ángel de Diego, avalase la votación de los cambios en las fichas urbanísticas, bajo el concepto de enmiendas, mencionando el artículo del reglamento del Pleno que estipula que "se admitirán enmiendas 'in voce', cuando sean transaccionales o tengan la finalidad de subsanar errores materiales, incorrecciones técnicas o semánticas o simples omisiones".

Grupos de la oposición mostraron sus dudas sobre esta interpretación y Jorge Álvarez también lo hace. "Creo que lo que se hizo excede del ámbito de lo que es una mera rectificación de errores. No es la corrección de un error material que se aprecia en el momento, sino que tiene un contenido sustancial. Me parece muy dudoso que se pueda seguir este procedimiento", señala, antes de lanzar un mensaje con el que coinciden otros expertos. "En el trámite de los planes los defectos formales pueden tener una transcendencia tremenda, porque son normas reglamentarias y la posición del Supremo es indudable. Por lo tanto, cualquier defecto formal en su tramitación puede ser mortal de necesidad", argumenta. Y añade: "Cualquier corporación que tramite un plan debería extremar el cuidado en los procedimientos formales".

Leopoldo Tolivar Alas, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo, opina en la misma dirección. "No es la primera vez que se plantea una cuestión así. Aunque sea la aprobación inicial, no es la forma más ortodoxa. El concepto de subsanación de error es muy delicado. ¿Hasta dónde puede llegar o hablas de un cambio de planificación encubierto? ¿Estaríamos hablando de una revisión del procedimiento? Está en el límite. Es de los clásicos temas que puede acabar en los tribunales con una interpretación divergente a la del secretario", sostiene el catedrático, que llama a una mayor cautela en la tramitación del PGO.

"Hay unos precedentes tremendos en Gijón y toda Asturias, y soy partidario de que lo que abunda no daña y todo tipo de cautelas, aunque sean excesivas, no están nunca de más. Si se subsanan esos cambios de fichas de una forma más ortodoxa no pasaría nada. Sería tremendo que por una tontería se tuviese que dar marcha atrás a otro plan", argumenta Tolivar Alas.

Javier Junceda es director del Área de Derecho Administrativo de la Universidad Internacional de Cataluña (UIC) y ejerce de abogado urbanista. Aporta otros argumentos que suman más dudas a la aprobación inicial del PGO. "La aprobación de un plan general está regulada por la ley regional y la aprobación tiene que llevarse con una tramitación marcada. Todo ello desemboca en que lo que no puede ser es que un PGO llegue ya confeccionado y luego entren en juego unas (enmiendas) transaccionales. Eso, a mi modesto entender, puede afectar directamente el PGO en el sentido de que todo está previsto en su proceso. Primero hay un documento de prioridades y una vez que se van recabando los informes técnicos ya se configura el documento inicial del PGO. Y, una vez que está el documento, quitar o meter fichas en el Pleno es algo que en la normativa urbanística no está contemplado", razona Junceda, que añade que "lo que han llevado a cabo en base al reglamento interno del Pleno no puede colisionar con la normativa urbanística". Y agrega a ello una crítica. "Quieren reforzar el tema de la participación en el proceso; y si llevas a cabo un acuerdo a última hora para cambiar un cromo por otro, no lo respetas mucho", señala.

El aval técnico

La otra cuestión que ha sembrado dudas sobre la tramitación de aprobación inicial del PGO fue apuntada por el colectivo SOS Cabueñes y se refiere a la validación técnica del documento llevado a Pleno. El colectivo anunció la impugnación de la aprobación porque el documento no fue firmado por el jefe del servicio técnico de Urbanismo, que está de baja, sino, en su sustitución, por María López Castro, funcionaria con plaza de arquitecta, que ocupa un cargo de dirección por designación de Foro. SOS Cabueñes entiende que esto supone una ilegalidad, al no poder ella ejercer las funciones del jefe técnico de Urbanismo.

En este punto los expertos urbanistas muestran mayores discrepancias. "Me parece rizar un poco el rizo y no me parece muy determinante. No me atrevo a decir si puede firmar o no ella, pero, en cualquier caso, hay que extremar el cuidado por los defectos formales", señala Jorge Álvarez. Leopoldo Alas, por su parte, cree que "casi nunca este tipo de incompetencia interna da lugar a la nulidad; podría dar lugar a anulabilidad, que es subsanable".

Distinta opinión tiene Javier Junceda. "La jurisprudencia viene indicando con claridad que en este tipo de planeamientos quien tiene que llevar las labores técnicas tiene que ser el funcionario con atribuciones para esa función, con las responsabilidades que lleva implícitas. Es un defecto formal que puede afectar al plan. Quizás no es tan poderoso como el otro argumento, pero también podría tener su recorrido", razona.

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