El juzgado de primera instancia número 3 de Gijón ha dado la razón a los vecinos de Poniente que reclamaron contra la ejecución de unas obras para abrir una sidrería situada en los bajos del edificio "Gaviota". Según la sentencia, "las obras ejecutadas son ilegales, al no contar con autorización de la comunidad de propietarios" y añade el juez en su fallo que "la actividad de sidrería con música amplificada y en directo, calificada administrativamente como sidrería y café-teatro, en los bajos del inmueble está prohibida por los estatutos de la comunidad", con lo que obliga a la empresa Crivencar, que gestiona la cadena de sidrerías Tierra Astur, a cesar en la actividad de café-teatro, que sería la que le permitiría abrir de madrugada. Aunque la cadena siempre ha desmentido que su intención sea abrir hasta altas horas.

Los vecinos del edificio "Gaviota" denunciaron a la empresa la construcción de un nuevo local en los bajos del edificio, frente al que ya regentaba en la zona, utilizando para la obra espacios comunes. El juez reconoce que "sin autorización de la comunidad, se alteraron los soportales, el suelo y el forjado de los patios interiores y los conductos de extracción del aire del garaje y las conducciones y bajantes de desagües, todos ellos elementos comunes" por lo que obliga a la empresa de hostelería a reponer los elementos comunes alterados "a su primitivo estado". Y también recoge en su escrito el hecho de que la actividad en el local "comporta no solo mayores molestias por razón de los niveles de ruido, sino también por diversas circunstancias relacionadas con tal tipo de negocios, como la afluencia de clientes, especialmente en horas nocturnas o las estancias de los mismos fuera del local".

La sentencia fue recibida de buen agrado entre los vecinos, que además tienen abierto otro contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Gijón por la licencia de obras otorgada a la empresa, al alegar la comunidad de propietarios que el local no cuenta con los requisitos para licencia de "café-teatro", ya que, entre otros puntos, no cuentan con la altura suficiente para este tipo de negocios.

El fallo, que considera ilegal las obras, puede ser recurrible mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias. Tierra Astur, la empresa condenada, explicó cuando se inició el conflicto que, aún teniendo la licencia de "café-teatro", su intención no era abrir diariamente hasta las siete de la mañana. "Las condiciones del nuevo local serán prácticamente las mismas que en la otra sidrería (situada enfrente) con dos excepciones: horario algo más flexible en Nochevieja y la posibilidad de hacer alguna pequeña ambientación musical", explicaron en su momento.