El juzgado número 1 de primera instancia de Gijón ha declarado nula una hipoteca multidivisa, un producto que no se apoya el Euribor sino en los tipos de interés de distintas economías del mundo, al considerarla abusiva. Además, la sentencia obliga además a Bankinter a pagar las costas del proceso judicial.

Según ha informado el despacho Rimada Abogados, esta es la primera ocasión en la que un tribunal asturiano anula un préstamo de este tipo. La entidad tendrá ahora que recalcular la hipoteca en euros.

La sentencia, consultada por Europa Press, fue notificada el pasado 28 de marzo y establece la posibilidad de interponer un recurso en el plazo de 20 días.

En el fallo, el juez destaca las malas prácticas bancarias a la hora de informar a los usuarios y considera que "si el consumidor hubiera sido informado adecuadamente, proporcionándosele por la entidad financiera, conocedora del mercado financiero, un conocimiento real de los efectos y consecuencias , esto es, si la entidad financiera hubiera cumplido los estándares de transparencia en la inclusión de la cláusula litigiosa, los prestatarios no hubieran aceptado esta cláusula que sólo beneficia intereses de quien ocupa una posición preeminente en la contratación por disponer de más información".

La abogada especialistas en derecho bancario Patricia Gabeiras, quien cursó la demanda, considera que la sentencia es "una gran noticia" pues abre una vía de esperanza para los afectados por hipoteca multidivisa en Asturias. Ha recordado que es necesario para continuar por este camino que las demandas se fundamenten correctamente con una pericial que acredite el funcionamiento del producto, y sobre todo, del derivado financiero que va implícito en el mismo.

En su argumentación, el juez insiste en que los usuarios del producto carecían de la información necesaria, que no se les proporcionó y que en ningún caso son expertos en préstamos multidivisas.

De hecho, uno de los aspectos en los que se detiene el juez es precisamente en la forma en la que les llega la oferta para contratar el producto. La persona que lo hizo, que declaró como testigo en el caso, ni siquiera tenía la formación adecuada sobre el producto que comercializaba, por lo que difícilmente podía explicarlo bien.

Se limitó, según consta en la sentencia, a explicar que la moneda extranjera había sido "muy estable", pero no informó de los riesgos de cambio de cotización. Tampoco conocía las previsiones de evolución. Simplemente comercializaba la hipoteca multidivisa, diciendo que iba a ser un producto más barato.

Sin embargo, el juez señala que el banco tenía en su poder tablas existentes cuando se contrató la hipoteca en la que ya se preveía una subida del tipo de cotización del franco suizo. Esos datos habrían servido para que los afectados tuvieran "conocimiento de las previsiones que iban a afectar a su préstamo".

Concluye el magistrado, en definitiva, que las personas que contrataron la hipoteca multidivisa no tenían el perfil de clientes expertos en ese tipo de contratos. "El banco no informó de aquellos riesgos que debía de informar al cliente", señala la sentencia.