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Condenan a la Empresa de Aguas por no dar un contrato a la oferta más barata

El juez considera que la decisión de la EMA incurrió en "arbitrariedad" y rechaza el argumento de la falta de solvencia técnica del candidato

El juzgado de Primera Instancia número 7 de Gijón ha condenado a la Empresa Municipal de Aguas (EMA) a indemnizar a un empresario, al que no adjudicó una obra pese a presentar la oferta económica más ventajosa. Criterio que se establecía como fundamental en el pliego de condiciones de la adjudicación del contrato motivo del litigio: el proyecto de renovación de la conducción de los Arrudos, en el tramo del sifón del Nalón, acondicionamiento del canal de Piedras Blancas, sifón del Condado, y actuaciones puntuales en el canal de Peña Mayor".

La obra salió a contratación en enero por 45.000 euros y el empresario que acabó demandando a la EMA la ofertó en 19.890 euros. Económicamente era la oferta más ventajosa pero el contrato se lo acabó llevando una propuesta de 21.600 euros.

Admitida la demanda, los responsables de la EMA alegaron ante el juez que el empresario no había cumplido uno de los puntos del pliego de condiciones al no acreditar solvencia técnica en proyectos de distribución de agua potable realizados en los últimos diez años. Se entendió desde la empresa que la documentación aportada en ese sentido hacia referencia a proyectos de "mínima entidad" en comparación con la licitación en marcha.

Sin embargo, dos pruebas periciales pusieron de manifiesto que "se acreditó suficientemente su solvencia técnica". Concretado ese punto el debate volvió a centrarse en el hecho de que el demandante hubiera presentado la oferta económica más barata. Al no haberle concedido la obra, el juez entiende que la Empresa Municipal de Aguas "incurrió en arbitrariedad y no observó las condiciones del pliego, a cuyo cumplimiento está obligada".

El juez asume, en este punto, la petición del empresario de ser indemnizado en 1.989 euros, el 10% de la oferta presentada en su momento, "por los perjuicios sufridos por la irregular conducta de la Empresa Municipal de Aguas de Gijón". Lo que no da por bueno el juez, y por ello que la demanda sea estimada parcialmente, es la pretensión del demandante de recibir otra partida de 3.000 euros como daños y perjuicios sufridos al no poder haber acumulado experiencia para otras contrataciones a través de esa adjudicación. El juez entiende que el incumplimiento de una obligación no supone de forma necesaria que se haya producido un perjuicio. Estos hechos ocurrieron siendo gerente Pablo Álvarez Cachero, que abandonó la empresa municipal en julio. Su sustituto es Vidal Gago, aún no incorporado.

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