La Fiscalía de Área de Gijón solicita la condena a dos años de cárcel y más de 150.000 euros en indemnizaciones de un empresario por un accidente laboral en el que falleció un trabajador en 2014 en el puerto de El Musel, Gijón. La vista oral está señalada mañana, 26 de octubre de 2016, en el Juzgado de lo Penal número 3 de Gijón, a las 9,30 horas.

En una nota, el Ministerio Fiscal ha detallado que sostiene que, sobre las 16.00 horas del 7 de enero de 2014, el fallecido, nacido en 1988, se encontraba desempeñando su trabajo en la explanada de carbones de Aboño, en las instalaciones de El Musel, en Gijón. En el momento de limpiar los viales y la báscula y siguiendo las instrucciones de su jefe -el acusado, administrador único y máximo responsable de las materias de prevención de riesgos laborales en la empresa-, y como no había instrumentos para realizar esas tareas, pidió prestado a otra empresa una cisterna remolcada por un tractor.

Cuando se disponía a rellenar de agua la cisterna, la compuerta de ésta y sus pernos reventaron y salieron disparados, golpeando al trabajador, causándole la muerte. El accidente se produjo como consecuencia de un exceso de presión en el interior de la cuba, por llenado incorrecto de la misma, sin que actuara la válvula de seguridad. El acusado, como administrador único y gerente de la empresa para la que trabajaba el acusado, incumplió de manera absoluta las obligaciones derivadas de su cargo, en especial las asumidas en materia de prevención de riesgos laborales.

Desde Fiscalía, han señalado que el acusado fue quien dio la orden al trabajador fallecido para que limpiara los viales y la explanada de carbones y, sin embargo, no comprobó personalmente, o a través de otra empresa encargada al efecto, el equipo de trabajo causante del accidente antes de que fuera utilizado por su trabajador. Tampoco formó ni informó al trabajador fallecido sobre su manejo antes de que lo utilizara. El acusado ordenó a su trabajador la utilización de equipos de trabajo peligrosos, asumiendo la realización de trabajos con equipos ajenos al control de la propia empresa, sin haber realizado comprobaciones previas y periódicas de los mismos.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la vida y salud de los trabajadores, en concurso de normas con un delito de homicidio imprudente, a penar sólo el segundo de los citados, por absorber el homicidio la totalidad del comportamiento delictivo.

El Ministerio Fiscal pide que la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para el ejercicio del cargo de administrador y de gerente durante el tiempo de la condena.

Además, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice, por un lado, a los padres del fallecido con 105.448,93 euros(incrementados en 10% como factor de corrección) y por otro, con 47.931,33 euros a cada uno de sus dos hermanos, más los intereses legales. También, se solicita que indemnice al Sespa con la cantidad que se acredite en concepto de gastos asistenciales. De estas cantidades responderá de forma directa la compañía aseguradora de la empresa del acusado y, de forma subsidiaria, la propia compañía.