El director general de Trabajo del Principado ha desestimado la petición formulada por Emulsa para anular la paralización de trabajos de desbroce en zonas con una elevada inclinación o en altura, paralización que había sido decidida por los representantes de los trabajadores el pasado 30 de septiembre.

En aquella fecha, el comité de prevención de riesgos laborales notificó a la gerente de Emulsa la paralización de trabajos efectuados a alturas de más de dos metros por estar realizándose sin las adecuadas medidas de seguridad. El comité de empresa tomó adoptó luego la decisión de paralizar todos los trabajos de desbroce en taludes con una inclinación superior al 60%.

Emulsa recurrió ante la autoridad laboral, que ejerce el Principado, esa decisión el pasado 19 de octubre. La resolución autonómica desestima la petición de la empresa en base al informe que ha recabado a la Inspección de Trabajo.

Según la resolución del Principado, el informe de la Inspección considera "que se puede afirmar que existe un riesgo grave e inminente en aquellos casos en los que los trabajaos de desbroce se lleven a cabo en terrenos con inclinaciones significativas y en los que concurre además el riesgo de caída en altura. Lugares tales como Río Pilón, jardines de la rotonda de La Guía, Cerro de Santa Catalina, talud en zona de Bomberos, zonas cercanas a los acantilados, zona verde de la calle Gloria Fuertes, entre otras... debiendo en estos supuestos extremarse el cumplimiento de las medidas preventivas señaladas por el Servicio de Prevención Mancomunado en sus informes específicos".

La contundencia del informe de Inspección de Trabajo lleva a la Dirección General de Trabajo a "mantener la paralización de actividades por riesgo inminente y grave en aquellos casos en los que los trabajos de desbroce se lleven a cabo en terrenos con inclinaciones significativas y en los que concurre además el riesgo de caída en altura", añadiendo que dichos trabajos sólo podrán reanudarse "en tanto en cuanto se sigan de manera puntual y exacta las indicaciones dadas por el Servicio de Prevención Mancomunado para el desarrollo de los mismos en admisibles condiciones de seguridad". Fuentes sindicales señalan que esos informes del Servicio de Prevención Mancomunado del Ayuntamiento se remontan al año 2012.

La resolución de la Dirección General de Trabajo también apunta que además de los sindicatos, "el trabajador por sí mismo tiene el derecho de interrumpir su actividad cuando considere que la misma conlleva un riesgo grave e inminente para su vida o su salud".