El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Miguel Ángel Díaz López contra su condena a 22 años de cárcel por el asesinato de Andrés Valdés Bermejo, cometido en Nuevo Roces en septiembre de 2014 en un contexto de una discusión por asuntos de drogas.

El TSJA ha accedido a rebajar la condena de prisión para Miguel Ángel Díaz López hasta los 17 años y seis meses, retirando el agravante de ensañamiento que sí había percibido la sección octava de la Audiencia Provincial. El juez ponente, Ángel Aznárez Rubio estima únicamente la parte del recurso interpuesto por Miguel Ángel Díaz López relativa a la retirada del ensañamiento como circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal.

"Fue una pelea, mi intención no era ir a matarlo", aseguró el asesino de Nuevo Roces durante la vista de apelación en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. La Fiscalía, por su parte, consideraba que sí hubo ensañamiento por el elevado número de lesiones causadas, porque no todos los golpes del cuchillo fueron dirigidos al corazón y porque "golpeó a la víctima brutalmente en la cabeza con una maza". La defensa del ya condenado solicitaba que se rebajase la pena hasta los 15 años de cárcel y negaba el ensañamiento al asegurar que "las puñaladas fueron todas dirigidas al corazón con el fin de causar la muerte lo más rápido posible y no quiso hacerle sufrir".

El juez Aznárez rechaza las apreciaciones del juez de la sección octava de la Audiencia Provincial con las que añade al delito el agravante de ensañamiento. De hecho, las califica de "inferencias no concluyentes y con imprecisiones en relación a los hechos declarados probados por el jurado, al que nada se le preguntó por el hecho subjetivo del ensañamiento en el objeto del veredicto y nada manifestó". Es decir, Aznárez entiende que el juez se extralimitó en sus funciones al incluir el ensañamiento como agravamiento al no ser un hecho que hubiese tratado el jurado popular que se formó para este proceso.