Los tres empresarios gijoneses acusados de estafar 80.000 dólares (60.000 euros) a dos colombianos con un contrato de master franquicia han sido absueltos por la sección octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, al considerar que prestaron el servicio suscrito hasta que los querellantes se pasaron a la competencia. "No hubo engaño, no hay estafa ni tampoco falsedad ni alzamiento de bienes", señala el fallo, del que ha sido ponente la magistrada Alicia Martínez Serrano.

La Fiscalía pedía cuatro años para cada uno de los administradores solidarios de Servicios Normativos (SN), mientras que la acusación particular, ejercida por los colombianos bajo la dirección letrada de José Manuel Álvarez, de Asturlex, elevaba esa solicitud a diez años. Las indemnizaciones se movían entre los 60.000 y los 150.000 euros.

Los colombianos denunciaban que el servicio de franquicia iba a firmarse con SN y no con la empresa panameña con la que finalmente se suscribió, Quentra, constituida por uno de los administradores de la primera. En el juicio quedó acreditado que Quentra tenía licencia de SN para el uso esta última marca en Hispanoamérica, algo que desconocían los querellantes. También ha quedado acreditado que se prestó el asesoramiento que habían contratado los colombianos al suscribir la master franquicia. Los empresarios suramericanos viajaron incluso con sus esposas a Asturias para recibir formación durante quince días, y ese asesoramiento también se extendió a Colombia, país al que se desplazaron empleados de la compañía gijonesa, según quedó acreditado en el juicio. A finales de 2013, cesaron en la colaboración, al pasarse a la competencia, según la sentencia.

Para la Audiencia, no se dan los tres requisitos propios de la estafa. Los colombianos consintieron en la firma del contrato, ante notario y asesorados por una letrada, sin que hubiese engaño. El acto fue incluso cordial. Los colombianos -que no se presentaron al juicio y a lo que no se autorizó a declarar por videoconferencia- aducían que SN les había ocultado que la empresa se encontraba en concurso, aunque en realidad trataba de refinanciarse expandiéndose por Hispanoamérica, algo de lo que informaron al Juzgado Mercantil número 3 de Gijón.

Niega la sentencia además que el dinero entregado por los colombianos se lo quedasen los administradores acusados -defendidos por los letrados José Rivero, José Luis Menéndez Llana y José María Álvarez Guisasola-, e indica que fue utilizado para pagos de la empresa SN. Los empresarios siempre adujeron que la querella había sido orquestada por un antiguo socio.