El Tribunal Supremo acaba de absolver al marchante de arte vecino de Pola de Siero al que la sección octava de la Audiencia Provincial había condenado por un delito de apropiación indebida al considerarlo responsable de los hechos que había denunciado la propietaria de una galería de arte de la ciudad. La mujer aseguró que el ahora absuelto se había quedado con un curado del pintor Mariano Moré titulado "Pescadores en el puerto de Gijón" que ella misma le había facilitado para que se lo vendiera por unos 45.000 euros.

El Supremo asegura, en contra de lo que en su día había establecido la Audiencia Provincial, que en este caso había deudas mutuas entre la demandante y el demandado. "La jurisprudencia de esta sala ha venido considerando que en el caso de relaciones jurídicas complejas que se proyectan durante largo tiempo y en la que existe un confusionismo de diferentes compensaciones de deudas y créditos, resulta imposible derivar a la jurisdicción penal, bajo el objeto del delito de apropiación indebida, la resolución del conflicto", argumentan los magistrados declarando nula la sentencia de la Audiencia Provincial y absolviendo al único acusado en este procedimiento penal.