La Abogacía del Estado sostiene que la sentencia que anuló la autorización administrativa de la regasificadora de El Musel no obliga a la demolición de la instalación, tal como reclaman Los Verdes de Asturias (hoy Equo) en la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia que han presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La regasificadora de El Musel terminó de construirse en 2012, con una inversión por Enagás de 282 millones de euros y nunca ha entrado en servicio, al decidir hibernarla el Gobierno por no haber suficiente demanda de gas en España para que entrara en servicio, evitando así incrementar los costes que Enagás repercute a los consumidores por su infraestructura. No obstante, entre 2012 y 2016, Enagás ha cobrado 119,81 millones de euros por retribución financiera de la inversión y mantenimiento de la planta.

La autorización administrativa que en su día concedió la administración central a Enagás para construir la regasificadora gijonesa fue declarada nula por una sentencia del Tribunal Supremo del 29 de febrero del año pasado. El motivo es que cuando se inició la tramitación administrativa de la regasificadora aún estaba en vigor el artículo del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (Raminp) que impedía la ubicación de una instalación de este tipo a menos de dos kilómetros de cualquier núcleo habitado, cuando la planta de El Musel está a una distancia menor de varios núcleos de Gijón y Carreño. Para el tribunal no fue justificación suficiente que la autorización se hubiera concedido después de que el Raminp fuese derogado por el Gobierno regional, al considerar que lo relevante es que el expediente administrativo se inició cuando aún estaba en vigor.

Las alegaciones que ha presentado el Abogado del Estado al tribunal, en representación del Ministerio de Energía, señala que Equo sólo instó en su demanda la anulación de la autorización administrativa, pero no solicitó ni la demolición ni la devolución de cantidades que ahora pide en la ejecución de sentencia. El Abogado del Estado añade que Equo tampoco reclamó la anulación del proyecto técnico constructivo de la regasificadora y fue en base a este último al que se construyó la regasificadora, sostiene Abogacía del Estado.

Su tesis es que la autorización administrativa y la aprobación del proyecto técnico constructivo de la planta son dos procedimientos administrativos "independientes", por lo que la anulación del primero no implica la del segundo. Además, el Abogado del Estado señala que en el real decreto de 2012 en el que el Gobierno aprobó la hibernación de la regasificadora "el derecho a la construcción de la planta fue igualmente reconocido".

Para cumplir la sentencia no es preciso ningún acto administrativo, dado que la propia sentencia ya declara nula la autorización administrativa. En su opinión, la sentencia obliga a ir más allá. "Dicha anulación no comporta ni exige el desmantelamiento de la instalación ni la suspensión de la percepción de la retribución" a Enagás autorizada por el Gobierno en el real decreto de 2012 en el que decidió hibernar la planta, en base a un informe de la Comisión Nacional de la Energía que la consideraba superflua al menos hasta 2017.

La Abogacía del Estado señala que la sentencia tampoco puede implicar que se de orden de suspender la actividad de la regasificadora "toda vez que esta no llegó a entrar en funcionamiento" desde su construcción en 2012.

Los argumentos que da la Abogacía del Estado contrastan con los que dan tanto Equo como otros colectivos que por su cuenta pleitearon contra la regasificadora. Según su criterio, la aprobación del proyecto técnico constructivo es un paso posterior en el mismo procedimiento a la autorización administrativa, con lo que si esta se anula, todo lo que se aprobó a raíz de aquella autorización queda invalidado. Lo mismo aplica Equo al real decreto que hibernó la regasificadora y en base al cual Enagás ha cobrado hasta ahora 119 millones de euros que el partido ecologista reclama que devuelva.

Equo insta la demolición de la planta y reclama que Enagás devuelva los 119 millones de euros que ha cargado a las tarifas del gas de los consumidores. El Ministerio de Energía y Enagás sostienen que la sentencia no lleva aparejadas ninguna de esas cuestiones, tal como comunicaron al Tribunal. Además, el Ministro de Energía, Álvaro Nadal, mostró su disposición a legalizar la planta en la reunión que el martes mantuvo en el ministerio con el consejero de Industria del Principado, Francisco Blanco, si bien el Ministerio aún no prevé qué procedimiento va a aplicar ni en que plazo para legalizar la instalación.