Fueron diez años de pequeños pero reiterados cargos que ahora podrá recuperar, de una tacada, por orden judicial. Casi 600 euros que compensarán a un gijonés por las sucesivas penalizaciones, abusivas e injustificadas según da a entender el juez, que una entidad bancaria le fue cobrando a lo largo de una década cada vez que en su cuenta había un descubierto y el banco adelantaba automáticamente el pago de algún cargo. Esas "comisiones por reclamación de posiciones deudoras y comisiones por descubierto", como se denominan, están siendo cuestionadas en muchos juzgados de España y ahora también en Gijón.

El juzgado de Primera Instancia número 11 de Gijón ha condenado a Liberbank, en una sentencia del pasado mes de marzo, al pago de 594,82 euros, más los intereses legales generados desde que el cliente convertido en demandante envió la primera carta de reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la citada entidad. A ese dinero se sumaría otra mínima cantidad de poco más de 32 euros que el propio banco ya había aceptado devolver en un primer momento.

El gijonés al que beneficia esta sentencia explica que si no reclamó hasta ahora era porque, simplemente, "no sabía que podía hacerse". Fue buscando información sobre cómo recuperar los gastos de formalización de préstamos por hipotecas como llegó a plantearse que lo que durante años había ido pagando al banco como penalizaciones por los descubiertos en una cuenta corriente quizá no tendría que haberlos abonado.

La suya, explica, fue una cuenta abierta exclusivamente para pagar los gastos de la comunidad de vecinos. Precisamente el hecho de que no fuera ni su banco habitual ni la cuenta donde le ingresaban el salario las empresas para las que trabajó en ese tiempo provocaba que, en ocasiones, "se me olvidaba controlar el estado de la cuenta, o cuando hacía el ingreso ya habían hecho el trámite automático desde el banco", explica.

A razón de 25 euros en los primeros años, 30 euros en posteriores, y 35 euros en los últimos tiempos, "cada vez que la cuenta quedaba en negativo me cobraban inmediatamente la comisión por descubierto". Entre medias nadie le hacía ninguna notificación, ni por carta, ni por teléfono, ni de ninguna otra manera, de la situación de su cuenta. Tampoco probó el banco que con cada descubierto la entidad tuviera que realizar gestiones derivadas de la morosidad a las que pudieran imputarse los gastos que luego le repercutían al cliente.

El juez insiste en su argumentación que "una comisión sólo es devengable, según la normativa vigente, por la prestación de un servicio, que es lo que legitima el cobro", pero nunca puede hacerse "de un modo automático", como se hacía en este caso. Para el juez, el hecho de que el banco atendiera inmediatamente cada cargo que se hacía a dicha cuenta -tuviera o no fondos- y que igualmente aplicara la penalización en todos los casos del descubierto "nos lleva a concluir que es una comisión que no se corresponde con la prestación de ningún servicio concreto destinado a comprobar el riesgo de la operación o la solvencia del cliente, ni con ninguna otra gestión propia de una comisión de apertura". Para el gijonés implicado "hay que dar a conocer estas sentencias porque la gente debe saber que se están dando muchos abusos. Entiendo que un banco gane dinero, pero no así".