El juicio contra una mujer acusada de maltratar física y psicológicamente de forma habitual a su hijo menor de edad y de amenazar de muerte a la abuela paterna del niño y a su padre y para la que la Fiscalía de Área de Gijón solicita una condena de dos años de prisión, retirada de la patria potestad durante 5 años, alejamiento y localización permanente, quedó esta mañana visto para sentencia.

El Ministerio Fiscal sostiene que la acusada, durante el periodo de convivencia en Gijón con su hijo menor, nacido en 2003, le sometió de forma reiterada, al menos durante los años 2015 y 2016, a agresiones injustificadas, tirándole de los pelos, zarandeándole e insultándole con expresiones como "levántate, puto gordo o, si no, te levanto yo".

El día 14 de julio de 2016 envío un mensaje de texto al padre del menor, que ostenta su custodia en la actualidad, diciendo que iba a rebanar el cuello a su madre (abuela paterna del menor), matarlo a él y, si hacia falta, también al niño, mensaje que vio el menor. Como consecuencia de estos hechos el menor sufre un trastorno adaptativo CIE -10 con trastornos emocionales, que influyen en su rendimiento académico y temor a salir del domicilio. Actualmente está a tratamiento por psicólogo clínico.

Cinco años sin la patria potestad

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de maltrato doméstico habitual del artículo 173.2 y 3 y de dos delitos leves de amenazas, y solicita que se condene a la acusada a 2 años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad de 5 años, prohibición de toda comunicación y alejamiento de la víctima, su domicilio y lugar de estudio a menos de 500 metros durante 3 años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 3 años, inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y 40 días de localización permanente. Costas.

En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía solicita que la acusada indemnice al menor (a través de su padre) con 3.000 euros y al Sespa con la cantidad que se acredite en ejecución de sentencia por los gastos médicos generados.