Una mujer reclamó 800 euros de indemnización al Ayuntamiento de Gijón por su responsabilidad patrimonial en la caída que sufrió en la calle Cabrales por introducir el pie en un socavón de la calzada provocándole un "traumatismo de tobillo derecho y ante pié con tumefacción e hinchazón y dolor e impotencia funcional" que la tuvieron impedida 21 días.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Gijón le quita la razón a la afectada puesto que, según la sentencia, queda demostrado que la señora cruzó la calle por la calzada y fuera del paso de peatones, es decir, por una zona "no habilitada para los peatones". Según la sentencia, la Administración queda exonerada de su responsabilidad patrimonial cuando "la intervención del propio perjudicado reviste la suficiente intensidad para resultar determinante del resultado lesivo, y ello aunque hubiese sido incorrecto el funcionamiento del servicio público". No obstante, en lo que va de año, el Ayuntamiento ha sido condenado a pagar 106.950 euros en lo que va de año.