Fueron varias sesiones de juicio, precedidas de un proceso de instrucción y seguidas por largas semanas de espera tanto para Dulce Gallego, exconcejala socialista, y Luis Alemany, ingeniero que ejerció durante catorce años de gerente de la Empresa Municipal de Aguas (EMA), así como para los otros tres acusados por la Fiscalía y por los actuales gestores municipales de Foro Asturias de supuestas irregularidades en la adjudicación de contratos de la EMA. Pero el juez no ha visto ni el más mínimo indicio de las ilegalidades apuntadas por las acusaciones, pública y particular. Gallego y Alemany pudieron respirar ayer tranquilos tras conocer una sentencia que absuelve sin ningún atisbo de duda a todos los acusados.

"Estaba esperando ya poder tener la satisfacción de que hubiera justicia, fue un proceso muy duro". Fue la somera valoración que hizo ayer Dulce Gallego, defendida por el letrado José Carlos Álvarez, tras conocer la sentencia, a la espera de analizarla con mayor profundidad. Desde el entorno de Luis Alemany, representado por el abogado José Joaquín García, reinaba el silencio, de acuerdo con la discreta personalidad de un hombre que quiere dar carpetazo a los procesos judiciales que le abrieron a raíz de las sombras de duda sobre la gestión socialista de la EMA vertidas por Foro desde que llegó al gobierno local.

Alemany, destituido por los foristas, ya había salido absuelto de otro proceso en el que le acusaban de administración desleal por atribuirse retribuciones que no le correspondían como gerente. Las acusaciones por presuntas irregularidades en la empresa de aguas han sido el gran argumento forista en su revisión más que crítica a los anteriores mandatos municipales del PSOE.

Además de Alemany y Gallego -exculpados por completo de los delitos de prevaricación, fraudes y exacciones ilegales que les atribuían Fiscalía y los actuales gestores de la EMA-, han sido absueltos José Luis González, Jaime Martín y Javier Fernando Balseiro, a quienes acusaban de delitos de fraudes y exacciones ilegales y tráfico de influencias por conseguir los contratos adjudicados por la EMA sin concurso. González era gerente de Suymcoplas, y Martín y Balseiro ejercían de delegados en Asturias de Aldesa.

Según la Fiscalía -que pedía dos años de prisión para Gallego y Alemany y cuatro para los empresarios- las dos firmas se beneficiaron ilegalmente por obras adjudicadas directamente a través de un contrato marco suscrito por la Empresa de Aguas con ambas. Pero no hay ni una sola prueba que sustente supuestas irregularidades, según la sentencia de Luis Ortiz, magistrado titular del juzgado de lo Penal número dos de Gijón. "No consta elemento alguno que acredite mínimamente, siquiera de forma indiciaria, que entre los acusados, o al menos entre algunos de ellos, pudiera haber existido algún tipo de concierto de voluntades, plan preconcebido o ardid similar que les hubiera llevado a la producción de un perjuicio económico de la entidad del que su pretendido resarcimiento constituye objeto de este proceso", considera.

"No consta" o "no se aprecia" son palabras muy repetidas en la sentencia, que desarma uno a uno los delitos que atribuyen las acusaciones. Recuerda el juez que en el consejo de administración de la EMA no hubo "objeción técnico-jurídica alguna" a que se utilizase la fórmula de contrato marco -que permite adjudicar pequeñas obras de forma directa- para licitar el servicio de trabajos urgentes, ni a que éste se adjudicase a Suymcoplass y Aldesa tras el debido proceso público.

Es más, el juez da mucho valor a las declaraciones en el juicio de la exsecretaria municipal, Dora Alonso, y del exinterventor municipal, Juan González-Salas, quienes defendieron la legalidad de esa modalidad de contratación así como de la adjudicación a Suymcoplas y Aldesa. El magistrado apuntala su resolución -contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial- con más argumentos, como que, una vez superado que la adjudicación fue correcta, todo lo derivado del cumplimiento o no del contrato marco se debería dirimir en la jurisdicción civil y no penal.

En cualquier caso, la sentencia es prolija en su argumentario, sobre todo a la hora de descartar que la acusación tenga si quiera indicio alguno de los delitos que atribuye.