La abogada defensora de Pablo P. G., el acusado por el atraco de avenida Constitución, solicitó ayer la libre absolución de su cliente amparándose en el eximente de alteración psíquica -diagnosticada en 1994 y en cuyo historial médico figuran varios intentos de suicidio- y requirió que se tuviese en cuenta la eximente de drogadicción. Ambos conceptos motivaron que el procesado actuara con las capacidades cognitivas mermadas.

No obstante, también indicó que, si el juez consideraba la alteración psíquica como una eximente incompleta -en cuyo caso no podría concederse la libre absolución de su cliente-, la sentencia condenatoria no exceda de los dos años de cárcel. Incluso recomendó que la prisión se sustituya por el ingreso en un centro de desintoxicación.

Por su parte, tanto fiscalía como acusación particular, ejercida por la entidad bancaria, se mantuvieron en su petición inicial de siete años y tres meses de prisión y una indemnización de cien euros para cada uno de los rehenes.

Ambas partes consideraron probado que Pablo P. G. "tenía las capacidades volitivas e intelectivas íntegras y era plenamente consciente de los hechos". El juicio quedó visto para sentencia.