Pablo P. G., el gijonés de 48 años que el pasado mes de marzo entró a robar en una sucursal bancaria de la avenida de la Constitución, ha sido condenado a tres años y cinco meses de cárcel por un delito de robo con intimidación en grado de tentativa y absuelto del delito de detención ilegal del que le venía acusando la Fiscalía y la acusación particular, ejercida por la entidad bancaria. Una pena muy inferior a los siete años y tres meses a los que se enfrentaba por la acusación.

La defensa de Pablo P. G. había solicitado durante el juicio, celebrado el pasado 31 de agosto, amparándose en el eximente de alteración psíquica -diagnosticada en 1994 y en cuyo historial médico figuran varios intentos de suicidio- y requirió que se tuviese en cuenta la eximente de drogadicción. No obstante, y en previsión de que la sentencia podría ser condenatoria, requirió que esta no excediera de los dos años.

Aún no habiendo logrado esta pretensión, la familia de Pablo P. G. ha acogido con agrado la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón. "Estamos satisfechos porque temíamos una sentencia mucho peor para él", asegura su hermana Yolanda P. G., consciente de que al llevar en prisión provisional desde la comisión de los hechos ese tiempo se le resta de la condena.

Pablo P. G. suma ahora una nueva sentencia condenatoria por los mismos hechos. Ya fue condenado en el año 2012 por asaltar otros dos bancos. En aquella ocasión cumplió la pena en el Centro Penitenciario de Asturias del que salió en enero de 2016, meses antes del delito por el que ahora se le condena.