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SOFÍA DUART | Abogada, experta en Derecho de familia

"Si un padre cambia de ciudad, se compensan las visitas con más tiempo en vacaciones"

"En casos de divorcio, lo mejor para los hijos es que ambos padres pasen con ellos el máximo tiempo posible"

Sofía Duart Álvarez de Cienfuegos. LNE

En toda sentencia de divorcio, con hijos de por medio, se debe establecer cómo se va a ejercer la patria potestad de los hijos menores, quién va a tener su guarda y custodia, cuánto dinero se pagará de pensión de alimentos, quién se va a quedar con el uso de la casa familiar y cuánto se pagará de pensión compensatoria, si es que hay derecho a ello. Pero, ¿se pueden modificar? Sobre ello habló en el Ateneo Jovellanos la abogada Sofía Duart Álvarez de Cienfuegos, experta en Derecho de familia.

- ¿En qué supuestos procede el cambio de custodia de un progenitor a favor del otro?

-Cuando el progenitor que tiene la guarda y custodia del hijo adopta una actitud consistente en incumplir gravemente el régimen de visitas que el otro tiene reconocido, obstaculizando la normal relación paternofilial, se puede llegar a establecer un cambio de custodia. Especialmente graves son los casos en los que se manipula a los hijos menores con el objetivo de que rechacen al progenitor con el que conviven menos tiempo, intentando incluso romper los lazos afectivos y utilizándolos en las disputas de la pareja. Ahí podría intervenir un psicólogo que ayude a determinar qué grado de manipulación puede haber y si es recomendable el cambio de custodia.

- ¿Se puede ampliar o reducir el régimen de visitas establecido?

-Lo mejor para los hijos es que compartan con ambos padres el máximo tiempo posible pero se podrá ampliar el régimen de visitas siempre que sea posible. Por ejemplo, cuando el padre que no tiene la custodia ahora dispone de otro horario laboral que le permite estar más tardes con su hijo o llevarle por la mañana al colegio. O cuando el hijo deja de ser un bebé lactante y ya es posible que disfrute más tiempo de la compañía de su padre. Pero también se puede reducir, si el progenitor que tiene el derecho de visitas no lo cumple.

- ¿Qué ocurre si quien tiene la guarda y custodia del hijo cambia de ciudad?

-Hay que adaptar a la nueva situación el régimen de visitas del progenitor que no tiene la custodia del hijo. Como las visitas entre semana ya no van a ser posibles, se intentan compensar con el disfrute de más tiempo durante los periodos vacacionales del niño como vacaciones de semana íntegras, de más días de las vacaciones de verano o de todos los puentes escolares, por ejemplo. - ¿Hasta cuándo puede usar la casa familiar el progenitor que tiene la custodia de los hijos?

-Solamente hasta que los hijos cumplan 18 años. A partir de entonces, los hijos pierden la protección que la ley les daba por ser menores de edad. El progenitor que no ha usado la casa, puede pedir que el uso se le atribuya ahora a él por necesitarla más que el otro. También se puede pedir que el que ha estado usando la casa hasta ese momento lo siga haciendo pero por un corto espacio de tiempo.

- ¿Existe otro supuesto en que se pierda el uso de la casa antes de que cumplan 18 años?

-Sí, en los casos en los que se establezca la custodia compartida de los hijos. Ahí el Tribunal Supremo dice que el uso de la casa familiar será para el progenitor que más lo necesita por tener menos ingresos o carecer de una segunda vivienda y por tiempo limitado, entre 1 y 3 años. Esta medida se hace para evitar la injusticia de que el otro dueño de la vivienda no pueda usar la casa indefinidamente, ni siquiera el tiempo que tenga en su compañía al hijo.

- ¿Si se tiene un hijo de otra pareja se seguirá pagando la misma cantidad de pensión de alimentos a los hijos anteriores?

-El nacimiento de un nuevo hijo podría justificar la rebaja de los alimentos reconocidos a los anteriores hijos siempre y cuando la nueva pareja no tenga recursos o los que tenga sean muy reducidos. Hay que valorar cada caso.

- ¿Tiene alguna consecuencia que el progenitor que tiene la custodia de los hijos y el uso de la casa familiar empiece a convivir allí con su nueva pareja?

-El Tribunal Supremo ha dicho que se podría rebajar la pensión de alimentos de los hijos a pagar por el progenitor que no tiene el uso de la casa pero sin embargo también es propietario. La razón es que el progenitor que tiene la custodia de los niños se está beneficiando con su nueva familia de la casa familiar y el nuevo ocupante también debe contribuir a los gastos, de forma que, razones de justicia y equidad justifican la rebaja de la pensión de alimentos.

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