La Autoridad Portuaria de Gijón ha establecido las condiciones para la regular la prestación del servicio comercial de vuelo de drones en el Puerto de Gijón, estableciendo las condiciones para dicho servicio que tendrán que cumplir tanto las empresas que ya estén autorizadas para prestarlo como aquellas otras que quieran sumarse a la realización de vuelos sobre el área portuaria.

Los fines u objetivos de los vuelos de los drones sobre el dominio público portuario objeto de autorización serán los trabajos de inspección de instalaciones, captación de imágenes de operaciones portuarias con objeto de elaborar dosieres comerciales, estudios de mejora de la propia operativa portuaria, inspecciones de seguridad, estudios volumétricos, topográficos, y otros trabajos y actividades análogas a las anteriores, siempre que se encuentren vinculadas con actividades o instalaciones previamente autorizadas en la zona de servicio del puerto.

Las nuevas condiciones para regular el servicio fueron aprobadas por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón en su última reunión, tal como se indica en la edición de hoy del Boletín Oficial del Estado (BOE).