La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha condenado al Servicio de Salud del Principado a indemnizar a un paciente por no haberle informado de los riesgos que corría al someterse a una intervención quirúrgica en el oído izquierdo.

Según a la sentencia, la información previa a la intervención que se había facilitado al paciente para que diera su consentimiento a operarse había sido incompleta y no cumplía los requisitos exigibles, de lo que se deduce una mala praxis médica.

Como consecuencia de la estapedectomía practicada (técnica quirúrgica utilizada para tratar la otoesclerosis, patología que se origina a causa de la fijación e inmovilización del estribo, uno de los huesos situados en el oído, provocando pérdida auditiva), el paciente quedó con secuelas tales como vértigo y pérdida de equilibrio, riesgos inherentes a la operación realizada, pese a que se practique correctamente, como fue el caso, pero de cuya posible existencia no se había informado convenientemente al paciente, defendido en este caso por el abogado Julio Nieda. Por ese motivo, el TSJA considera la indemnización al afectado, que la Consejería de Sanidad había desestimado.