Se negó a pagar una carrera a un taxista en Gijón y ahora tendrá que abonar una multa notablemente superior después de que el juez le considerase responsable de un delito leve de estafa. Ahora tendrá que pagar la carrera realizada, por importe de 16,8 euros, y también una multa de 600 euros tras la sentencia de la sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias que desestimado el recurso presentado por el procesado.

Los hechos juzgados ocurrieron en 2016. El ahora condenado contrató un servicio de taxi y se marchó sin abonar el importe de la carrera, 16,8 euros según la sentencia. En el mes de noviembre, el Juzgado de Instrucción número 4 de Gijón le condenó por un delito leve de estafa a una pena de dos meses de multa con cuota diaria de 10 euros (600 euros) con privación de libertad de un día por cada dos cuotas no satisfechas y al pago de una indemnización al taxista de 16,8 euros, el importe exacto de la carrera que dejó a deber. El procesado ni siquiera se presentó al juicio.

Pero tras conocer la sentencia, la recurrió aduciendo que en ningún momento se negó a pagar. La Audiencia Provincial acaba de desestimar el recurso al considerar probado el relato de todos los hechos expuestos por el taxista afectado. En su sentencia afea que amén de no cumplir con el importe correspondiente, tampoco le dijo "que carecía de dinero para pagarlo" ni tampoco "ofreció al taxista una dirección donde poder cobrar la carrera ni se dignó a comparecer en el juicio al menos para sostener su intención de pago".