Hay casos en los que enervar la presunción de inocencia es más fácil que en otros pero esta vez hasta fue el propio ladrón quien aportó las pruebas de su delito. Lo hizo un gijonés en las redes sociales y que ha sido condenado, en compañía de su novia, a un año de prisión por un delito de hurto y al pago de más de 800 euros. La pareja se encontraba en un bar de copas de la calle Marqués de San Esteban y decidieron llevarse prendas que no eran suyas. Fue la mujer la que cogió al descuido de otros clientes una cazadora y un bolso -que contenía un teléfono móvil valorado en más de 400 euros, entre otros objetos- sin que éstos se dieran cuenta, y juntos abandonaron el establecimiento. Fue ella quien sacó del local los objetos sustraídos de forma disimulada.

Las víctimas se percataron de los hechos, los denunciaron y el robo llegó al juzgado. Ambos fueron condenados a un año de cárcel, cada uno, y al pago de indemnizaciones por valor superior a los 800 euros que deberán abonar de forma solidaria. Una de las pruebas que desvirtuó la presunción de inocencia fue que el ahora condenado subió a la red social "Instagram" una fotografía en la que salía con la cazadora sustraída, una prenda que devolvió a su legítimo dueño cuatro meses después, tras ser detenido por la policía.

Tras ser condenados por el Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón ambos recurrieron la sentencia y alegaron de nuevo en su defensa que se trató de una confusión. El bolso de la acusada -dice la sentencia- y el que se llevó "eran distintos en forma y en color, no eran intercambiables" mientras que en el caso del procesado, su cazadora sí que "pudieran parecerse" pero "no había confusión posible porque el acusado, cuando salió del bar de copas, llevaba la suya puesta". Sobre él, además, pesaba una sentencia condenatoria por apropiación indebida que se tuvo en cuenta como agravante de reincidencia.