El magistrado del juzgado de lo penal número 2 de Gijón, Luis Ortiz Vigil, ha condenado a tres de los acusados por el fraude de subvenciones de Mina La Camocha entre 1998 y 2000, absolviendo a la cuarta encausada, en una sentencia que se ha hecho pública esta mañana. El fallo rebaja sustancialmente las penas que se habían impuesto a todos los acusados en el primer juicio celebrado con otra magistrada, que quedó anulado y se tuvo que repetir.

La mayor condena es para el expresidente de Mina La Camocha, Manuel Martín Martín, a quien el juez le impone tres penas de 2 años y 6 meses de prisión cada una por sendos delitos contra la Hacienda Pública, uno por cada año en que se cometió el fraude. En conjunto, la pena por los tres delitos suman 7 años y medio de cárcel.

A Guillermo Alfredo Honrubia, apoderado de Trabajos y Explotaciones y Hullas del Coto Quirós, empresas implicadas en la trama, el juez les impone tres penas de un año y nueve meses de prisión por cada uno de los tres delitos. En conjunto, la pena por los tres delitos suman para este acusado 5 años y tres meses de cárcel. La misma pena que para Honrubia impone al administrador de Hullas del Coto Quirós, Ángel Manuel García Brugos.

La empleada y apoderada de Mina La Camocha, Margarita García García, ha quedado absuelta.

El magistrado también impone a cada uno de los tres condenados multas que suman 16,16 millones de euros, que se pueden convertir en otros 27 meses de prisión para cada uno de ellos si no son abonadas.

La sentencia también condena solidariamente a Manuel Martín, Guillermo Alfredo Honrubia y Ángel Manuel García Brugos a indemnizar al Estado con otros 16,16 millones de euros, que es el importe de las subvenciones defraudadas al vender a la térmica de Aboño carbón ajeno a Mina La Camocha como producción propia. Además, el juez condena a Mina La Camocha -sociedad inactiva que se encuentra en liquidación derivada de un concurso de acreedores- como responsable civil subsidiaria, a devolver esa cantidad al Estado en el caso de que no lo hagan los condenados.

La sentencia no es firme, dado que puede ser recurrida tanto por las acusaciones como por las defensas. El fallo es producto del segundo juicio del caso. La primera vista, que se saldó con condenas de 3 años de prisión por cada uno de los delitos a los cinco acusados (en aquella ocasión también se sentó en el banquillo Víctor Zapico, ya fallecido), conforme a la petición que había formulado el Ministerio Fiscal. Aquel juicio fue anulado por la Audiencia Provincial al considerar que no se garantizó la imparcialidad de la juzgadora, por las numerosas preguntas que efectuó a acusados y testigos.