El Tribunal Supremo ha hecho firme la sentencia que condena a un gijonés a 18 años de cárcel por abusar sexualmente de dos adolescentes discapacitadas a las que forzó a mantener relaciones sexuales completas -entre mediados de febrero y principios de marzo, aprovechando que era amigo de la madre de una de ellas- cuando sus víctimas tenían 14 y 17 años, respectivamente. El reo, que ya fue condenado por un delito de exhibicionismo ante menores en el año 2011, tenía 53 años en el momento que comenzaron los abusos.

La acusación particular -ejercida por Ana María González, abogada de Cavasym- solicitó la inmediata ejecución de la sentencia y el día 28 se decretó el ingreso en prisión contra este hombre que, además, deberá indemnizar con 3.000 euros a cada una de sus víctimas. El reo tampoco podrá comunicarse con ellas ni acercarse a menos de 500 metros durante nueve años.

El agresor sexual presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo tras la sentencia condenatoria dictada por la Audiencia Provincial aduciendo que el testimonio de las jóvenes no era válido puesto que una de ellas presentaba un 48% de discapacidad y la otra llevaba a tratamiento psicológico desde los cinco años además de la minusvalía psíquica. Un argumento desechado en el nuevo fallo, que también dio credibilidad al relato de las víctimas. Se considera probado que abusó de estas dos amigas en el domicilio de una de ellas, del que tenía llaves al ser amigo de la madre.

El juicio se celebró en el mes de enero de 2017 en la sección octava de la Audiencia Provincial. Según relató la Fiscalía, el procesado, en varias ocasiones durante los primeros meses del año 2015, y en uso de la situación de confianza debida a la amistad que mantenía con la madre de una de las menores, nacida en 1997, acudió a su domicilio, del que tenía la llave, aprovechando el conocimiento de las costumbres familiares.

El hombre, que sabía que la menor se encontraba sola, mantuvo relaciones sexuales completas con la misma de forma reiterada, al menos en tres ocasiones, para lo que se valió de la minusvalía psíquica que sufría la niña, que le impedía conocer y consentir el alcance del acto sexual.

El procesado, durante el mismo periodo, mantuvo relaciones sexuales al menos en dos ocasiones con otra menor, nacida en 2000, amiga de la otra víctima, la cual accedió ante el temor a que este se enfadara y tomara represalias contra ella o su familia. La menor padece discapacidad psíquica con adaptaciones curriculares en el mbito educativo en todas las materias, circunstancias de las que se aprovechó el procesado.